A causa del avance del coronavirus el gobierno peruano decretó Estado de Emergencia con aislamiento social obligatorio, en concordancia con esta situación, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) elevó el monto máximo para las operaciones con dinero electrónico modificando el monto máximo de conversión a dinero electrónico y el monto tope de las transacciones acumuladas a nivel mensual.
Mediante la Resolución SBS N° 1262-2020, publicada este sábado, se incrementó en S/ 2,000 el limite al que estaban sujetas las transacciones fijándolo en S/ 3,000; asimismo, el saldo consolidado de cuentas de dinero electrónico en un mismo mes se elevó en S/ 8,000 pasando de S/ 2,000 a S/ 10,000. Además, se modificó el tope máximo de las conversiones a dinero electrónico a S/ 10,000 y las transacciones acumuladas de forma mensual tendrán un tope máximo de S/ 15,000 respectivamente.
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Del mismo modo, la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) prorrogó, a través de la Resolución de Superintendente Nº 033-2020-SMV/02, el plazo para que las empresas puedan presentar: la información financiera individual o separada auditada y memoria anual 2019, hasta el 30 de junio; de los estados financieros anuales y de la información financiera intermedia individual o separada al 31 de marzo de este año, hasta el 31 de julio; y en el caso de la información financiera anual y los informes de actualización de las clasificaciones de riesgo, hasta el 31 de agosto.
Súmate al esfuerzo por controlar esta emergencia sanitaria, el Perú está en nuestras manos, sigamos las recomendaciones de nuestro Gobierno, quédate en casa”
Escrito por: Econ. Jazmin Ramírez