SUNAT: Precisiones acerca de la aplicación de la donación como gasto deducible
De acuerdo al lineamiento administrativo que se desprende del Informe N°123-2020-Sunat/7T0000, emitido por la Intendencia Nacional Jurídico-Tributaria de la SUNAT, a través del cual se consulta si para la deducción de la donación como gasto, regulada en el inciso x) del artículo 37 del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, se debe acreditar el destino de los bienes donados, la Sunat ha precisado: