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SPOT: nuevas exclusiones y cambios clave en minería peruana

La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat) ha realizado importantes ajustes normativos que afectan directamente al sector minero, específicamente en relación con el Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias (SPOT). La reciente Resolución de Superintendencia N.º 086-2025/SUNAT modifica la Resolución N° 183-2004/SUNAT, buscando optimizar el cumplimiento tributario en actividades vinculadas con la minería metálica, tanto aurífera como no aurífera.

¿Qué cambios introduce esta modificación?

Uno de los aspectos más relevantes es la exclusión de ciertas operaciones del régimen SPOT. Mediante la Resolución de Superintendencia N.º 175-2025/SUNAT, se han precisado y ampliado los casos en que no es obligatorio aplicar el SPOT para el traslado de bienes listados en los numerales 3 y 4 del Anexo 1 de la norma original.

Estas exclusiones aplican cuando el traslado de bienes:

  • Se realiza fuera del centro de producción.
  • Se origina en zonas con beneficios tributarios y va hacia otras regiones del país, siempre que no se trate de una venta gravada con IGV.
  • Es efectuado por emisores itinerantes de comprobantes de pago.

 

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Facultad discrecional para no sancionar infracciones

Además, la Sunat ha activado una medida temporal, a través de la Resolución N° 013-2017-SUNAT/700000, que otorga una facultad discrecional para no imponer sanciones administrativas por infracciones relacionadas con la obligación de sustentar el traslado, remisión o posesión de bienes con constancia de depósito, según el Anexo 1 actualizado.

Esta disposición excepcional tendrá vigencia durante 60 días, finalizando el 30 de mayo de 2025, y busca facilitar el proceso de adaptación a los nuevos lineamientos sin penalizaciones inmediatas.

Impacto para el sector minero

Estas modificaciones representan un avance en la flexibilización y mejora de la normativa tributaria para la minería, permitiendo mayor claridad en el cumplimiento del SPOT y reduciendo cargas administrativas innecesarias. Para las empresas mineras, mantenerse informadas y adaptarse a estos cambios es fundamental para optimizar sus operaciones y evitar sanciones.

 

Escrito por Grupo Verona