Respecto a la recién anunciada aplicación de la suspensión perfecta de labores, o licencia sin goce de haber, la ministra de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), Sylvia Cáceres, se pronunció indicando algunos puntos relevantes en cuanto la aplicación de este mecanismo por las empresas.
En ese sentido, precisó que se faculta la suspensión perfecta de labores parcial; es decir, aplicada a determinadas áreas laborales, teniendo por supuesto la justificación a nivel de afectación grave para la continuidad de la empresa, a causa de la cuarentena impuesta por el coronavirus: “Si solo afecta a una línea de producción, rubro o determinado giro y no afecta al conjunto de la actividad empresarial, la suspensión perfecta puede ser parcial”, señaló la ministra para ATV.
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Asimismo, limitó a las empresas que estuviesen acogiéndose a otras medidas del Gobierno, como incentivos tributarios, beneficios, prórrogas, el subsidio de las planillas, o a las líneas de crédito del plan Reactiva Perú, a no aplicar la suspensión perfecta de labores por representar un “sin sentido” a la naturaleza de la norma.
Finalmente, advirtió sobre las conductas inescrupulosas que pudiesen realizar, como consignar datos falsos en sus solicitudes para poder suspender a sus trabajadores: “Si una empresa invoca una afectación económica y no está en esa situación, estaría cometiendo un acto fraudulento. El fraude no solo está sancionado en términos laborales, sino en términos penales”, advirtió Cáceres.
Súmate al esfuerzo por controlar esta emergencia sanitaria, el Perú está en nuestras manos, sigamos las recomendaciones de nuestro Gobierno, quédate en casa”
Escrito por: Econ. Jazmin Ramírez