Las compañías multinacionales, a las cuales se les prorrogó la fecha de presentación de la Declaración Jurada Informativa Reporte País por País, de los ejercicios 2017, 2018 y 2019; deberán presentarla el próximo 29 de enero, como fecha límite, para cumplir con esta obligación.
Dicha declaración permite a las Administraciones Tributarias evaluar los riesgos de elusión y evasión tributaria internacional.
Están obligados a presentar esta declaración los contribuyentes domiciliados en el Perú y que forman parte de un grupo multinacional, siempre que sus ingresos consolidados sean mayores o iguales a S/ 2,700 millones.
Esto siempre que ocurra alguna de las condiciones siguientes:
- La matriz no domiciliada en el Perú no esté obligada a presentar la declaración en su jurisdicción de domicilio o residencia.
- A la fecha de vencimiento del plazo para la presentación de la declaración, la referida jurisdicción cuente con un tratado internacional o decisión de la Comisión de la Comunidad Andina (CCA), vigente con el Perú, que autorice el intercambio de esta data, pero no tenga en vigor un Acuerdo entre Autoridades Competentes (AAC) para el intercambio del Reporte País por País.
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O que, existiendo un tratado internacional o decisión de la CCA y un AAC vigentes con la mencionada jurisdicción, se causen incumplimientos sistemáticos del intercambio de información tributaria que haya sido comunicado por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) al contribuyente domiciliado en el país.
La obligación de presentar la declaración Reporte País por País se reguló para alinearse con el estándar internacional planteado por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) en el numeral 13 del Plan de Acción contra la Erosión de la Base Imponible y el Traslado de Beneficios (BEPS, por sus siglas en inglés), con la finalidad de compartir dicha información entre Estados y tener un control de los ingresos de las empresas multinacionales en el mundo.
El pasado mes de noviembre, nuestro país aprobó la evaluación del estándar de confidencialidad y seguridad de la información requerido por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) para el intercambio automático de información.
Finalmente, son 58 jurisdicciones las que tienen activadas las relaciones para el intercambio automático de información del Reporte País por País, con las cuales a futuro (desde el ejercicio 2019 en adelante) se iniciarán intercambios de forma recíproca.