La Corte Suprema de Justicia del Perú ha fijado los principales criterios que deben considerarse para homologar la remuneración de un trabajador, tras la resolución de la Casación Laboral N° 6326-2023-Lima. La sentencia subraya la importancia de analizar tres elementos clave: el tiempo de servicios, el cargo y las funciones desempeñadas en comparación con el personal al que se desea homologar. Esta interpretación busca garantizar que la homologación salarial no se otorgue de forma automática, sino que se fundamente en un análisis exhaustivo de las condiciones laborales del trabajador y sus compañeros de trabajo.
Antecedentes del caso
El caso involucró a un trabajador cesado de una entidad que demandó el reconocimiento de su vínculo laboral a plazo indefinido. Argumentó que, durante el período solicitado, prestó servicios subordinados y remunerados, por lo que reclamó el pago de los beneficios correspondientes a los trabajadores con contratos indefinidos. Además, solicitó el reintegro de remuneraciones y la inclusión de sus beneficios sociales, al señalar que, pese a desempeñar funciones similares a las de otros trabajadores de la misma entidad, percibió pagos inferiores sin justificación razonable.
El Juzgado de Trabajo inicialmente declaró fundada en parte la demanda, pero la entidad demandada presentó un recurso de casación, lo que llevó el caso ante la Corte Suprema.
Decisión de la Corte Suprema
La Corte Suprema determinó que, para proceder con la homologación salarial, es fundamental considerar tres criterios esenciales: el tiempo de servicio, el cargo y las funciones desempeñadas por el trabajador en relación con los de su comparación. La Sala Suprema advirtió que no basta con que el demandante y los trabajadores de referencia compartan un cargo similar, sino que se requiere un análisis detallado de aspectos como antigüedad, responsabilidades asignadas y funciones realizadas.
El tribunal también aclaró que, para que un pago se considere remuneración en el marco de la relación laboral, debe cumplir tres requisitos: ser una contraprestación regular y de libre disposición por los servicios prestados. Además, remarcó que el nombre del pago no define su naturaleza; lo que importa es su finalidad dentro de la relación laboral.
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En este contexto, la Corte recordó el criterio del Tribunal Constitucional, que establece que la igualdad en el ámbito laboral implica que los trabajadores en condiciones similares reciban un trato justo, salvo que existan diferencias objetivas y razonables que justifiquen un trato desigual.
Este fallo subraya la importancia de una evaluación exhaustiva antes de aplicar la homologación salarial, garantizando que la comparación entre los trabajadores sea justa y equitativa. Además, la Corte reafirma el concepto de remuneración en el ámbito laboral y la importancia de reconocer los pagos como parte de la contraprestación por los servicios prestados.
La decisión de la Corte Suprema representa un paso importante para evitar la discriminación salarial en el ámbito laboral, asegurando que las diferencias salariales se justifiquen con base en razones objetivas y proporcionales.
Escrito por Grupo Verona