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La SUNAT informó que el incumplimiento del pago del Impuesto General a las Ventas (IGV) y el Impuesto a la Renta Empresarial bordeó, en conjunto, los S/ 63,000 millones durante el año 2022, monto que equivale al 6.7% de nuestro producto bruto interno (PBI).

“Hay una problemática de incumplimiento en el país. Según información de la propia SUNAT, tenemos el incumplimiento del IGV que está en alrededor de 30.3% del tributo potencial de lo que se podría recaudar, y en el caso del Impuesto a la Renta Empresarial, Renta de Tercera Categoría, está en aproximadamente 40.5% de la recaudación potencial”, explicó el intendente de Estrategias y Riesgos de la SUNAT, José Peña.

 

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Peña explicó que la información del incumplimiento tributario se actualiza cada año, previo a la publicación y elaboración del Marco Macroeconómico Multianual (MMM) y la presentación del presupuesto del sector público que hace el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), lo cual se realiza el mes de agosto de cada año. Por tanto, en los próximos meses se tendrá información disponible del incumplimiento del IGV y del Impuesto a la Renta del 2023.

Vale decir que la información que publica el MEF respecto al incumplimiento se elabora midiendo los niveles de evasión, elusión y omisión del pago de tributos.

La elusión tributaria se refiere a “las conductas de algunos contribuyentes que buscan aprovecharse de alguna ambigüedad o vacío legal de ciertas normas tributarias para reducir o dejar de pagar los tributos que les corresponden por sus operaciones”.

En tanto, la evasión tributaria implica un “esfuerzo u omisión consciente y dolosa que pretende evitar o reducir, de manera sistemática y en provecho propio o de terceros” el pago de las obligaciones a la Administración Tributaria; por lo cual, supone acciones por parte del contribuyente que violan normas legales establecidas.

“Sobre la variación del 2023, aún está evaluándose el estudio. Digamos que por la metodología de cálculo, podría haber algún incremento en la tasa de incumplimiento del IGV. Todavía no tenemos el cálculo preliminar del Impuesto a la Renta Empresarial”, concluyó el funcionario de la SUNAT.

Con información de Agencia Andina