La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) dio inicio oficial al cronograma de vencimientos para la Declaración Anual del Impuesto a la Renta 2025, marcando un periodo decisivo para miles de empresas y negocios en el país. A la fecha, más de 130,000 contribuyentes ya presentaron su declaración, adelantándose a los plazos establecidos, lo que evidencia una mayor cultura de cumplimiento tributario y el uso creciente de plataformas digitales.
El proceso, que se realiza de forma 100% virtual a través de SUNAT Operaciones en Línea, no contará con prórrogas. Según el cronograma oficial, los vencimientos se extenderán desde el 26 de marzo hasta el 13 de abril de 2026, en función del último dígito del RUC.
Fechas clave que no puedes ignorar
Los contribuyentes con RUC terminado en:
- 0, 1, 2 y 3 deberán declarar hasta el 26, 27, 30 y 31 de marzo, respectivamente.
- 4, 5, 6, 7, 8 y 9 tendrán como fechas límite el 1, 6, 7, 8, 9 y 10 de abril.
- Los principales contribuyentes (PRICOS) y sujetos no inscritos en el RUC podrán cumplir hasta el 13 de abril de 2026.
¿Cómo presentar la declaración?
La SUNAT ha habilitado el Formulario Virtual N.º 710, en sus versiones simplificada y completa, disponible desde el 2 de enero de 2026. Además, desde el 16 de febrero, los contribuyentes cuentan con un archivo personalizado con información referencial, que incluye datos sobre pagos a cuenta, retenciones, saldos a favor e incluso el Impuesto Temporal a los Activos Netos (ITAN).
Este archivo debe ser revisado cuidadosamente, ya que la responsabilidad por la información final recae en el contribuyente.
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¿Quiénes están obligados a declarar?
Deben presentar la declaración las empresas y negocios que durante el 2025:
- Generaron rentas de tercera categoría en el Régimen General o el Régimen MYPE Tributario (RMT).
- Realizaron operaciones sujetas al Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF) sin utilizar medios de pago en más del 15%.
- No están comprendidos en la Ley N.º 31940 y superaron ciertos límites, como ingresos mayores a 1,700 UIT en 2024 o inicio de actividades en 2025.
¿Qué se considera renta de tercera categoría?
Incluye ingresos provenientes de actividades empresariales como comercio, industria, servicios, construcción, transporte, banca, seguros, entre otros, así como el ejercicio profesional en sociedad.
La tasa del Impuesto a la Renta empresarial en el Régimen General es del 29.5% sobre la renta neta anual.
El inicio del cronograma marca un momento crítico para evitar multas, intereses y fiscalizaciones. La recomendación es clara: revisar la información, validar los datos y cumplir dentro de plazo.
Escrito por Grupo Verona