¿Qué es el sistema de arrastre de pérdidas tributarias?

El sistema de arrastre de pérdidas tributarias es una herramienta fundamental en el ámbito fiscal que te permite compensar las pérdidas registradas en un ejercicio fiscal con beneficios obtenidos en períodos futuros. Este mecanismo se rige por dos sistemas distintos: el Sistema A y el Sistema B, cada uno con sus propias características y limitaciones.

Sistema A: Recuperación financiera a corto plazo

El Sistema A te permite compensar la totalidad de la pérdida neta de tercera categoría de fuente peruana en un ejercicio gravable, restándola de las rentas netas de tercera categoría generadas en los cuatro ejercicios inmediatos posteriores. Esta modalidad te brinda la posibilidad de aprovechar las pérdidas acumuladas en un plazo determinado, incentivando tu recuperación financiera a corto plazo.

 

Leer más: Parámetros para sincerar intereses fijados por SUNAT 

Leer más: SUNAT puede disponer de bienes y mercancías incautadas

 

Sistema B: Flexibilidad para tu planificación financiera

El Sistema B te permite compensar la pérdida neta total de tercera categoría de fuente peruana hasta cubrir el 50% de las rentas netas de tercera categoría obtenidas en los ejercicios inmediatos posteriores. A diferencia del Sistema A, no existe un límite temporal para agotar el monto de la pérdida fiscal, lo que te brinda mayor flexibilidad a la hora de utilizar este mecanismo.

Elección estratégica: ¿Sistema A o Sistema B?

La decisión entre ambos sistemas no es trivial. Al presentar tu Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta, debes considerar lo siguiente:

  • Situación Financiera Actual: Evalúa tu situación actual. ¿Necesitas una recuperación rápida o prefieres una estrategia más flexible?
  • Proyecciones Futuras: Piensa en tus objetivos a largo plazo. ¿Cómo se alinean con cada sistema?
  • Circunstancias Específicas: No hay una talla única para todos. Analiza tus circunstancias específicas.

Recuerda que, una vez elegido un sistema, no puedes cambiarlo a menos que hayas agotado por completo las pérdidas acumuladas en ejercicios anteriores.

Escrito por: Grupo Verona