MYPES podrían estar exoneradas de multas tributarias

Una reciente propuesta legislativa, el proyecto de ley N° 3676/2022-CR, aprobado en primera votación por la Comisión Permanente del Congreso, ha causado expectativas en el ámbito de las micro y pequeñas empresas al ofrecer protecciones contra multas en situaciones de primera infracción tributaria a tales unidades productivas.

Con el propósito de implementar medidas que incentiven la formalización y el cumplimiento de las obligaciones tributarias, dicho proyecto de ley propone que las MYPES no paguen multas por sus primeras infracciones a las normas tributarias.

Sin embargo, en compensación, las empresas deberán asistir a un curso de capacitación dictado por la SUNAT. Este curso estaría destinado a fortalecer conocimientos básicos en materias tributarias y a ayudar a las empresas a evitar errores comunes en el cumplimiento de sus responsabilidades.

 

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Este curso se enfocará en la infracción específica cometida y solo se podrá realizar una vez por cada tipo de falta, por un periodo de hasta tres meses. Los tipos de infracciones considerados son los incluidos en el artículo 172 del Código Tributario, entre ellos:

  • No inscribirse o acreditar la inscripción.
  • No emitir o exigir comprobantes de pago.
  • No llevar libros y registros contables.
  • No presentar declaraciones y comunicaciones.
  • No permitir el control de la SUNAT.

Así, el objetivo principal de este proyecto de ley es fomentar la formalización y el cumplimiento de las obligaciones tributarias en las MYPES. Por medio de la educación y la capacitación, se espera reducir la cantidad de infracciones y aumentar la confianza de las empresas en el cumplimiento de sus obligaciones.

Escrito por: Grupo Verona