Pase Personal Laboral: ¿Quiénes podrán movilizarse las 24 horas?

El Ministerio de Defensa por medio de un comunicado señaló el procedimiento para adquirir el nuevo Pase Personal Laboral que entra en vigencia hoy y que reemplazará los Pases Especiales de Tránsito que sólo tenían vigencia hasta el 31 de marzo.

El nuevo pase personal laboral solo está permitido para los trabajadores de actividades esenciales y que se encuentran especificados en los Decretos Supremos 044-2020-PCM y 046-2020-PCM.

Es así como se señala la lista de actividades esenciales que están permitidas movilizarse durante las 24 horas, así como también actividades permitidas durante el horario de inmovilización social obligatorio

Permiso para movilizarse las 24 horas:

  • Servicios de abastecimiento de alimentos y medicinas.
  • Servicios Públicos Esenciales de Agua, Saneamiento, Energía Eléctrica, Gas, Hidrocarburos, Limpieza y Recojo de Residuos Sólidos.
  • Servicios de Telecomunicaciones.
  • Servicios Funerarios.
  • Servicios de Transporte de Carga, Mercancías y Actividades Conexas, según lo estipulado por el Ministerio de Transporte y Comunicaciones.
  • Personal médico, enfermeras, bomberos y de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional que participan en los operativos.
  • Personal del Sector Público que atiende labores relacionadas con la emergencia.
  • Personal de serenazgo y fiscalización de los Gobiernos locales.
  • Personal de Medios de Comunicación y distribución de diarios y revistas.
  • Servicio de traslado de Choferes de Servicio Urbano Masivo.

Leer más: ONU alerta que ley de protección policial de Perú abre espacios de impunidad

Leer más: Cobro excepcional del Bono 380 para beneficiarios de Lima y Callao

Movilización solo  durante el horario permitido de inmovilización social obligatorio:

  • Servicio de Transporte Urbano Masivo de Pasajeros autorizados.
  • Servicio de Traslado de Trabajadores de Empresas y entidades dedicadas a actividades esenciales.
  • Taxis Registrados y Autorizados por la ATU.
  • Personal de empresas de seguridad.

Escrito por: Diana Estupiñan

Leave a Comment

Su dirección de correo no se hará público. Los campos requeridos están marcados *