El Congreso de la República aprobó la Ley Nº 32353, denominada Ley para la Formalización, Desarrollo y Competitividad de la Micro y Pequeña Empresa (MYPE), publicada el 27 de mayo de 2025 en el diario oficial El Peruano. Esta nueva norma introduce modificaciones importantes en el régimen MYPE con el objetivo de simplificar trámites, promover la formalización y fortalecer la competitividad de este sector clave en la economía peruana.
Constitución en línea y simplificación de trámites
Uno de los cambios más destacados es la implementación de un sistema de constitución en línea para las MYPE, que será desarrollado en conjunto por PRODUCE, MTPE, SUNAT, SUNARP y RENIEC. Este nuevo procedimiento digital permitirá a los emprendedores formalizar sus empresas en un plazo máximo de 48 horas, facilitando el acceso a la formalidad y reduciendo los tiempos administrativos.
Régimen laboral especial con mayor flexibilidad
La ley establece que el régimen laboral especial para las MYPE tendrá carácter permanente. Sin embargo, si una empresa supera el límite de ventas para ser considerada micro o pequeña, podrá permanecer en este régimen por hasta tres años adicionales antes de migrar a un régimen laboral ordinario. En caso de que las ventas disminuyan, podrá regresar al régimen especial sin inconvenientes, brindando estabilidad y adaptabilidad a las necesidades del negocio.
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Declaración jurada para acceder al régimen especial
Para pertenecer a este régimen laboral especial, las MYPE deberán presentar una declaración jurada ante la Autoridad Administrativa de Trabajo, acreditando el cumplimiento de los requisitos legales. En algunos casos, se solicitará adjuntar la Declaración Jurada del Impuesto a la Renta del año anterior.
Indemnización especial en casos de despido para reemplazo
La nueva norma protege a los trabajadores del régimen general que sean despedidos para ser reemplazados por personal bajo el régimen especial, otorgándoles una indemnización especial equivalente a dos remuneraciones mensuales por año laborado. El trabajador tiene un plazo de 30 días para reclamar, y la carga de la prueba recae en él.
Entrada en vigencia
La Ley Nº 32353 comenzará a aplicarse a partir del día siguiente de la publicación de su reglamento, por lo que es fundamental que empresarios y emprendedores estén atentos a esta regulación para aprovechar sus beneficios.
Esta actualización normativa es un paso importante para modernizar y fortalecer el sector MYPE, contribuyendo al desarrollo económico y social del Perú.
Escrito por Grupo Verona