De acuerdo a información de la Cámara de Comercio de Lima (CCL), aquellas empresas que no cumplan con depositar la compensación de tiempo de servicios (CTS) del periodo que corresponde a noviembre 2020-abril 2021, el cual vence este 17 de mayo, podrían ser multadas por incurrido en una infracción grave.
Multas
Se podrán aplicar tres tipos de multas: la primera destinada a la microempresa, la segunda a la pequeña empresa y la tercera a la mediana y gran empresa.
Estas multas pueden oscilar desde los 484 hasta los 114,928 soles. La Gerencia Legal de la CCL explica que, se trata de tres escalas de multas diferenciadas, la primera para la microempresa, la segunda para la pequeña empresa y la tercera para la mediana y gran empresa (No MYPE).
Determinación
La escala de multas laborales vigentes ha sido aprobada mediante el Decreto Supremo N°008-2020-TR. La SUNAFIL tiene la facultad de aplicar multas por no depositar la CTS (infracción grave) y por no entregar la hoja de liquidación dentro de los 5 días de efectuado el depósito (infracción leve).
Para determinar el monto de la multa, se toma en cuenta, además del sector al que pertenece la empresa, el número de trabajadores afectados, considerando como base la UIT (4,400 soles vigente en el 2021).
Las multas para micro y pequeñas empresas inscritas en REMYPE no podrán superar en un mismo procedimiento sancionador el 1% de los ingresos netos percibidos en el ejercicio fiscal anterior al de la generación de la orden de inspección.
Retiro del 100% de la CTS
Recuerda que, por única vez, y hasta el 31 de diciembre del 2021, se autoriza a los trabajadores a retirar el 100% de su CTS depositada en los bancos, según las disposiciones de la Ley N°31171 en concordancia con su reglamento (aprobado recientemente por el Decreto Supremo N°010-2021-TR).
Fuente: La Ley.pe
Escrito por: Grupo Verona