En un reciente pronunciamiento, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) ha emitido un informe esclarecedor sobre el derecho al refrigerio en el contexto laboral peruano, específicamente en lo que respecta a los trabajadores a tiempo parcial. El Informe N° 680-2024-MTPE/2/14.1, revela que el derecho al refrigerio no depende exclusivamente de la duración de la jornada laboral, sino de que dicha jornada coincida con las horas de las comidas principales del día. Esto plantea nuevas consideraciones para empleadores y empleados que necesitan comprender cómo afecta esta normativa en la práctica.
Contexto legal del derecho al refrigerio
De acuerdo con el artículo 7 del Decreto Legislativo N° 854, el derecho al refrigerio está estipulado para los trabajadores que laboran en «horario corrido». Esto implica que el tiempo de refrigerio debe ser otorgado, como mínimo, por 45 minutos, y no forma parte del horario de trabajo, salvo acuerdo en contrario por convenio colectivo. Sin embargo, la legislación no define con claridad qué se entiende por “horario corrido”.
Una referencia importante es el Decreto Legislativo N° 800 de 1996, que establece un horario corrido de 7 horas y 45 minutos para los trabajadores del sector público. Este puede considerarse el único parámetro claro dentro de la normativa actual, ya que, fuera de este contexto, no existe una definición específica de este concepto.
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Refrigerio: Más allá de la alimentación
El Decreto Supremo N° 008-2002-TR, que regula este derecho, señala que el tiempo de refrigerio no tiene como única finalidad la ingesta de alimentos principales, sino que también puede ser utilizado para tomar un refrigerio menor o, incluso, como un tiempo de descanso. Esta flexibilidad permite que el trabajador utilice su descanso de acuerdo a sus necesidades, ya sea para comer, descansar o realizar otras actividades personales.
El Informe del MTPE hace énfasis en la coincidencia de la jornada laboral con las comidas principales, como criterio para determinar el derecho al refrigerio. Sin embargo, la ley vigente establece que la jornada debe ser en «horario corrido», lo cual no se aborda con suficiente profundidad en el pronunciamiento. Esta omisión crea un vacío normativo que podría generar interpretaciones erróneas o situaciones insostenibles, como la obligación de otorgar refrigerio incluso a trabajadores a tiempo parcial en jornadas muy cortas.
Este vacío legislativo señala la urgente necesidad de una reforma legal que defina claramente las condiciones bajo las cuales los trabajadores, particularmente aquellos a tiempo parcial, tienen derecho a este beneficio. La legislación comparada, como la Directiva Europea N° 2003/88/CE, muestra un camino posible, donde el derecho a una pausa se basa en la duración de la jornada laboral, y no necesariamente en las comidas principales.
Necesidad de reforma en la normativa laboral
Mientras persista esta imprecisión en la normativa, es probable que surjan interpretaciones erróneas en los informes del MTPE, que podrían afectar tanto a trabajadores como a empleadores. El derecho al refrigerio debería ser regulado con mayor claridad, para evitar situaciones que limiten la flexibilidad de los trabajadores a tiempo parcial o que creen cargas innecesarias para los empleadores.
En resumen, el derecho al refrigerio debe ser evaluado con base en criterios que consideren tanto la duración como la modalidad de la jornada laboral, garantizando un equilibrio entre los derechos laborales y las necesidades de las empresas.
Escrito por Grupo Verona