En entrevista para Andina.pe, María Ángela Vásquez, abogada laboralista señaló que las empresas con más de 20 trabajadores que accedieron al programa Reactiva Perú deberán repartir utilidades al personal, siempre y cuando hayan obtenido resultados económicos positivos del ejercicio 2020.
“El Decreto Legislativo N°1455, que crea el programa Reactiva Perú, establece que ‘la empresa beneficiaria no debe distribuir dividendos ni repartir utilidades, salvo el porcentaje correspondiente a sus trabajadores, durante la vigencia del crédito otorgado’. En este sentido, sí podrá pagar utilidades a sus trabajadores”, detalló.
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Suspensión perfecta
Vásquez mencionó que para los trabajadores que estén en suspensión perfecta de labores, se deberá tenerse en cuenta que las utilidades por repartir serán calculadas en función a los días efectivamente laborados en el ejercicio 2020.
“Esto obedece a que según la norma vigente, el 50% de este beneficio es distribuido en función a los días laborados –entre los que se cuentan los días de descanso prenatal y postnatal en caso se trate de una madre trabajadora– y el otro 50% en proporción a las remuneraciones de cada trabajador”, recalcó.
¿Cuándo se pagan las utilidades?
Las utilidades se pagan en un plazo máximo de 30 días después de que la empresa presente la declaración jurada anual del impuesto a la renta.