Amparo para detener la ejecución de la ley para devolver aportes de la ONP solo podrá ser planteada por afiliados o pensionistas

El Gobierno confirmó que, a más tardar el día de mañana jueves 10 de diciembre, presentará la demanda inconstitucional contra la ley que permitirá la devolución de aportes de la Oficina de Normalización Previsional (ONP).

No obstante, la demanda de inconstitucionalidad no detiene la ejecución de la ley, mientras el proceso en el Tribunal Constitucional (TC) puede tardar entre 2 y 4 meses.

¿Se podrá presentar un amparo para evitar los efectos de la ley?

 En entrevista con RPP, Alejandro Rospigliosi explicó que esto no se puede aplicar para demandas de inconstitucionalidad.

“La acción de amparo es para derechos fundamentales de personas naturales. En este caso no”, indica.

El amparo podrá ser presentado por los afiliados o pensionistas.

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“(el amparo) lo podrían presentar, por ejemplo, un grupo de jubilados, de pensionistas que consideren que esta ley puede afectar el pago de sus pensiones futuras. Allí sí podría darse el caso”, precisa.

De ser presentado este amparo, se podrá solicitar una medida cautelar de inaplicación de la norma en un juzgado constitucional.

“Creo que en 30 días podría estar la admisión a una demanda y la medida cautelar”, señala el constitucionalista.

Por el momento, de no darse ningún amparo y el proceso de demanda demore en el TC, se estima que los pagos establecidos en la ley podrán iniciar en el primer trimestre de 2021.

Con información de RPP.

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