El Congreso de la República publicó hoy la Ley Nº31332, ley que uniformiza la edad para acceder a la jubilación anticipada (REJA) en el sistema privado de pensiones (SPP) en 50 años de edad.
Recordemos que, antes de la norma, los hombres tenían que esperar hasta los 55 años para realizar el trámite de jubilación, mientras que las mujeres a los 50 años ya podían enviar su solicitud.
La ley que uniformiza la edad para aplicar al régimen de jubilación anticipada (REJA) de las AFP, tiene como principal fundamento, la igualdad de derecho entre ambos géneros.
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¿Qué establece la ley?
Solo procede la jubilación cuando el afiliado mayor de 50 años así lo disponga, siempre que obtenga una pensión igual o superior al 40% del promedio de las remuneraciones percibidas y rentas declaradas durante los últimos 120 meses, debidamente actualizadas deduciendo las gratificaciones.
Asimismo, se precisa que, para el cálculo de la pensión, “no se consideran los aportes voluntarios con fin previsional o sin fin previsional que excedan el 20% de la CIC de aportes obligatorios con una permanencia menor a 9 meses en la CIC”.
“La jubilación anticipada da derecho a la redención del Bono de Reconocimiento a los 2 años siguientes de su acogimiento o cuando el afiliado cumpla 65 años, lo que suceda primero, aun cuando se hayan agotado con anterioridad los fondos de la cuenta individual de capitalización (CIC) del afiliado y previa información de la administradora privada de fondos de pensiones (AFP) de los afiliados calificados para acceder a este régimen”, señaló.
Reglamentación
La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones determina el procedimiento operativo para el cumplimiento de la presente norma, en un plazo que no excederá de 30 días calendario, contados a partir del día siguiente de su vigencia.
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