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La Ley N° 31944 introdujo una modificación muy importante en la Ley N° 27489, limitando el uso de informes de crédito en los procesos de selección laboral. Ahora, para revisar el historial crediticio de un candidato, es imprescindible obtener su consentimiento por escrito. Este consentimiento debe ser otorgado de forma libre e informada, y debe incluir una explicación de los motivos por los que el empleador solicita el informe.

Anteriormente, la Ley N° 27489 permitía a los empleadores solicitar informes de crédito a las empresas de información crediticia como parte del proceso de selección laboral. Sin embargo, esta práctica se ha criticado por ser discriminatoria, ya que puede penalizar a los candidatos con un historial crediticio negativo, incluso si este no está relacionado con su capacidad para desempeñar el trabajo.

 

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Además, se dispone que los empleadores deben informar a los candidatos sobre la posibilidad de que su historial crediticio sea revisado, y deben brindarles la oportunidad de objetar la solicitud.

Beneficios para los trabajadores

Beneficios para los empleadores

Escrito por: Grupo Verona