La Ley N° 31944 introdujo una modificación muy importante en la Ley N° 27489, limitando el uso de informes de crédito en los procesos de selección laboral. Ahora, para revisar el historial crediticio de un candidato, es imprescindible obtener su consentimiento por escrito. Este consentimiento debe ser otorgado de forma libre e informada, y debe incluir una explicación de los motivos por los que el empleador solicita el informe.
Anteriormente, la Ley N° 27489 permitía a los empleadores solicitar informes de crédito a las empresas de información crediticia como parte del proceso de selección laboral. Sin embargo, esta práctica se ha criticado por ser discriminatoria, ya que puede penalizar a los candidatos con un historial crediticio negativo, incluso si este no está relacionado con su capacidad para desempeñar el trabajo.
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Además, se dispone que los empleadores deben informar a los candidatos sobre la posibilidad de que su historial crediticio sea revisado, y deben brindarles la oportunidad de objetar la solicitud.
Beneficios para los trabajadores
- Protege la privacidad, porque les otorga un mayor control sobre su información personal.
- Reduce la discriminación, al impedir que los empleadores penalicen a los candidatos con un historial crediticio negativo.
- Garantiza que los candidatos sean evaluados de forma justa y equitativa, en función de sus habilidades y experiencia.
Beneficios para los empleadores
- Reduce el riesgo de ser demandados por discriminación.
- Mejora la imagen de la empresa, ya que demuestra su compromiso con la protección de la privacidad de los trabajadores.
Escrito por: Grupo Verona