El Estado constantemente demuestra su compromiso por desarrollar infraestructuras de calidad integral, principalmente por ello ha estandarizado normas para que los encargados de llevar a cabo actividades que puedan poner en riesgo algún derecho fundamental, se manejen con respeto al ambiente, protección de los recursos naturales y atención a la salud de la población. Recientemente otorgó un nuevo plazo a través del Decreto Supremo Nº040-2019-MTC para la adecuación ambiental de actividades, proyectos y servicios del rubro del transporte que no cuentan con certificado ambiental.
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La norma está dirigida a los responsables de los proyectos de las instituciones del gobierno nacional, gobiernos regionales, gobiernos locales y actores privados, quienes deben manifestar su intención de acogerse a la adecuación ambiental, y posteriormente diseñar un Programa de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA), donde se identifiquen claramente los posibles impactos ambientales, así como las medidas de carácter preventivo y correctivo que desarrollarán. La fecha límite que se brindó es hasta 31 de marzo, los involucrados en estas actividades que no realicen la adecuación, no podrán continuar su ejecución y serán susceptibles de las sanciones correspondientes.
Los estudios han demostrado que el uso del transporte sostenible, además de ser esencial para la acción climática, es básico para proteger la salud de millones de personas. El PAMA nació como un instrumento de gestión ambiental que facilite el ajuste del desempeño de actividades económicas susceptibles de causar impactos ambientales, a través del diseño de estrategias de adecuación permanentes que contribuyan a la sostenibilidad de las actividades durante todo su ciclo de vida, teniendo en consideración las exigencias ambientales.
Escrito por: Abg. Jessica Navarro