Los contribuyentes dedicados a la actividad minera contarán con un periodo excepcional de 60 días calendario para adecuarse a las nuevas disposiciones que regulan el traslado de minerales metálicos auríferos y no auríferos, según lo establece la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos N.° 013-2017-SUNAT/700000.
Durante este plazo, que se extiende hasta el 30 de mayo, los contribuyentes que realicen operaciones sujetas al régimen de detracciones y no cuenten con el depósito correspondiente no serán sancionados por la SUNAT. Esta medida busca permitir una transición ordenada hacia el cumplimiento de los nuevos lineamientos del sistema de detracciones aplicables a las actividades mineras.
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La disposición responde a la necesidad de reforzar el control tributario, impulsar la formalización del sector minero y asegurar una recaudación más eficiente del IGV en este rubro económico. Además, el plazo otorgado permitirá a los operadores mineros acceder a orientación técnica sobre el cumplimiento de sus obligaciones y facilitará a la Administración Tributaria la evaluación de ajustes en los procedimientos operativos, con el fin de simplificar la aplicación del régimen.
Con esta medida, la SUNAT reafirma su estrategia de fiscalización preventiva y su compromiso con una tributación más clara y accesible para los contribuyentes del sector minero. La adecuación oportuna al nuevo marco normativo permitirá evitar contingencias tributarias y mantener un historial fiscal sin observaciones.
Escrito por Grupo Verona