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De no contar con efectivo para pagar tu deuda tributaria, la SUNAT te ofrece la opción de acceder al beneficio de aplazamiento y/o fraccionamiento tributario, mecanismo de flexibilización para pagar tus deudas. Puedes elegir entre 3 modalidades para pagar tu deuda:

Deudas Fraccionables

Pueden ser materia de aplazamiento y/o fraccionamiento:

La SUNAT, hace énfasis en recordar que emprender no es sencillo, por tanto, en determinado momento podrías necesitar ayuda para cumplir con todas tus obligaciones; por eso si no cuentas con efectivo para pagar tu deuda tributaria, puedes acceder al beneficio de aplazamiento y/o fraccionamiento tributario, el cual te permitirá postergar el pago y/o cancelar la deuda en cuotas.

No podrás presentar una solicitud de aplazamiento y/o fraccionamiento cuando:

Requisitos para solicitar aplazamiento y/o fraccionamiento tributario

Los plazos máximos y mínimos son:

 

Modalidad

 

Plazo mínimo

(meses)

Plazo máximo

(meses)

Aplazamiento 1 6
Fraccionamiento

 

2 72
Aplazamiento con Fraccionamiento

 

1 de aplazamiento y

2 de fraccionamiento

72

 

Presentación de solicitud de aplazamiento y/o fraccionamiento

La solicitud de aplazamiento y/o fraccionamiento se presenta virtualmente a través del Formulario Virtual N°687, para ello se requiere contar con Clave SOL.

Puedes consultar aquí los pasos para elaborar la solicitud de fraccionamiento.

Fuente: SUNAT

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