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SUNAT presenta formulario 623 para declarar IGV digital

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) ha dado un paso importante hacia la modernización y simplificación del cumplimiento tributario al aprobar el Formulario Virtual N° 623 para la declaración y pago del IGV (Impuesto General a las Ventas) relacionado con los servicios digitales brindados por sujetos no domiciliados a personas naturales en el Perú. Esta medida, oficializada mediante la Resolución de Superintendencia N° 000294-2024/SUNAT, entrará en vigencia el 1 de enero de 2025.

Este formulario permitirá a las empresas extranjeras que prestan servicios digitales por internet cumplir con la obligación de declarar y pagar el IGV que corresponde a las transacciones realizadas con usuarios peruanos. De acuerdo con la normativa, los sujetos no domiciliados deberán presentar la declaración y el pago del IGV retenido o percibido dentro de los primeros 10 días hábiles de cada mes. La medida busca facilitar y transparentar el proceso de tributación para los proveedores de servicios digitales que operan en el país, sin la necesidad de estar establecidos físicamente en el Perú.

 

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Además, la SUNAT ha lanzado una nueva plataforma denominada «Declaración y pago para no domiciliados», accesible desde el portal SUNAT Virtual (www.sunat.gob.pe), donde los contribuyentes podrán registrar y presentar sus declaraciones. Esta plataforma también permitirá realizar el pago en soles o en dólares americanos, ofreciendo un Número de Pago SUNAT (NPST) para aquellos que elijan realizar el pago mediante transferencia internacional SWIFT.

El sistema también incorpora la opción de compensar las percepciones y retenciones del IGV realizadas de forma indebida o en exceso, asegurando un proceso más eficiente y transparente.

 

Escrito por Grupo Verona