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De acuerdo con la Resolución de Superintendencia N°000072-2021/SUNAT, se incorpora al Sistema Integrado del Expediente Virtual los Expedientes Electrónicos de Devolución y establece o modifica la regulación referida a la presentación de determinadas solicitudes y escritos a través de la Mesa de Partes Virtual de la SUNAT.

Por tanto, desde el 1 de julio se implementará de forma gradual el expediente electrónico de devoluciones, con lo que más de 400 mil contribuyentes podrán acceder al estado de su solicitud de devolución en línea y sin salir de casa, mediante SUNAT Operaciones en Línea – SOL.

Este sistema permitirá a los contribuyentes conocer el estado de su procedimiento de devolución (sea por pago de impuestos en exceso u otros esquemas de reembolso) en tiempo real y de forma directa sin necesidad de salir de casa para presentar escritos pidiendo acceder a la lectura del expediente o copias de documentos para trámites presenciales.

Fases de implementación

La primera fase de la implementación del expediente electrónico de devolución incluirá a contribuyentes de las Intendencias Regionales de La Libertad, Lambayeque, así como las Oficinas Zonales de Chimbote y Huaraz.

Mientras que la segunda se iniciará a partir del 12 de agosto próximo, y abarcará al resto de las dependencias de la SUNAT, de acuerdo con la Resolución.

Accesos

Para acceder al expediente electrónico, el contribuyente ingresará a SUNAT Operaciones en Línea, donde podrá verificar el estado de su trámite y acceder a los documentos y escritos vinculados a estos.

Optimización de trámites

Esta adecuación significa para la SUNAT un ordenamiento, simplificación y optimización en la gestión de las solicitudes de devolución, así como una reducción de sus costos operativos, derivados del consumo de papel, impresión, archivo y conservación de documentos y del propio trabajo administrativo.

Los contribuyentes tramitan regularmente este tipo de solicitudes mediante el Formulario Virtual N°1649, con este formulario se pueden presentar solicitudes para la devolución del saldo a favor del Impuesto a la Renta por Rentas de Tercera Categoría, Rentas del Capital y/o Rentas del Trabajo, de percepciones acumuladas del IGV y/o aplicadas a los contribuyentes del Nuevo Régimen Único Simplificado.

Sistema Integrado del Expediente Virtual (SIEV)

Esta nueva herramienta forma parte del Sistema Integrado del Expediente Virtual (SIEV), que incluye los expedientes de los procedimientos de cobranza coactiva de la deuda tributaria, de los procedimientos de fiscalización y de determinados cruces de información, de reclamación y la presentación de solicitudes y escritos, entre otros.

Gestión

De acuerdo con la norma, la SUNAT podrá:

Con este sistema integrado del expediente virtual se garantiza además la integridad e inalterabilidad de los documentos electrónicos que conforman el expediente electrónico. Mientras que el personal de la SUNAT que acceda a esta información está obligado a guardar reserva sobre la data comprendida en el artículo 85 del Código Tributario contenida en los expedientes.

En este ENLACE puedes observar la norma.

Con información de El Peruano.

Escrito por: Grupo Verona

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