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De acuerdo con una resolución del Tribunal del Servicio Civil, los trabajadores que fueron enviados a descanso médico por haberse contagiado con COVID-19 en un período en el cual ya tenían sus vacaciones programadas tienen el derecho a que se les reprogramen.

Christa Caro, asociada del Estudio Amprimo, indicó al Diario Gestión que lo resuelto por este Tribunal es correcto y también es de aplicación para el sector privado.

Lo anterior en base al amparo del Artículo 13 del Decreto Legislativo 713, el cual señala que el descanso vacacional no podrá ser otorgado cuando el trabajador esté incapacitado por enfermedad o accidente.

“El descanso médico adquirido antes del inicio de las vacaciones las suspende”, explicó Caro, quien comenta que diferente es el caso si es que el trabajador hubiese contraído la enfermedad estando ya de vacaciones.

Además, Caro indica que los trabajadores que  vieron su derecho a gozar de sus vacaciones como consecuencia de empleadores que no respetaron lo anteriormente dispuesto, los trabajadores podrán reclamar que se les reprogramen las fechas no gozadas.

Por otro lado, si un trabajador ha sido obligado a tomar vacaciones cuando ha estado gozando de descanso médico, puede denunciar ante la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL) este hecho.

Este comportamiento por parte del empleador configura como una infracción muy grave, sujeto a una multa de 2.63 UIT S/ 12,098 debido a que sólo se afecta a 1 trabajador.

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