Si estás por regresar a vivir en Perú, existen beneficios tributarios que te permiten ingresar tus bienes personales sin pagar impuestos. Esta medida busca impulsar la reinserción económica del migrante retornado y fortalecer la formalización patrimonial.
¿Qué puedes ingresar libre de tributos?
Gracias a la Ley N.º 30001, puedes acceder al beneficio de exoneración aduanera, siempre que cumplas ciertos requisitos. Puedes traer al Perú:
- Menaje de casa valorizado hasta $50,000
- Un vehículo personal, también hasta $50,000
- Equipos, maquinarias o bienes de capital vinculados a tu actividad laboral, hasta $350,000
Estos bienes no deben ser vendidos ni transferidos en los próximos 3 años, desde su ingreso al país.
Requisitos para acogerte a la ley
- Haber residido 3 años continuos en el extranjero, o 2 años si el retorno fue forzado
- Ser ciudadano peruano y tener más de 18 años
- Obtener la Tarjeta del Migrante Retornado en consulados o en la Cancillería
- Registrar tu solicitud en los canales habilitados de SUNAT
- Presentar la Declaración Aduanera de Mercancías (DAM) o la Declaración Simplificada de Importación (DSI)
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¿Hay opción si no calificas?
Sí. Bajo el Reglamento de Menaje de Casa, puedes ingresar bienes pagando una tasa única del 12 %, sin límite de valor. Esto aplica a:
- Personas (peruanas o extranjeras) que hayan vivido 13 meses continuos fuera del país
- No haber usado el beneficio en los últimos 2 años
- Asegurar que los bienes lleguen a Perú entre 1 mes antes y 6 meses después de tu retorno
¿Y si no cumples los requisitos?
Deberás realizar los trámites aduaneros y pagar los tributos estándar: IGV, percepción del IGV y ad-Valorem, según corresponda.
Escrito por Grupo Verona