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Renta de primera categoría SUNAT guía completa 2025

Si alquilas un inmueble, subarriendas un espacio o cedes gratuitamente bienes, estás generando ingresos que se consideran Renta de Primera Categoría. Y sí, SUNAT espera que declares y pagues por ellos. Pero ¿cómo hacerlo correctamente?

Este tipo de renta aplica tanto para propietarios que reciben pagos por alquileres, mejoras no reembolsables o cesiones gratuitas, como para inquilinos que subarriendan el inmueble que ocupan. La obligación de declarar y pagar el impuesto no depende de si recibiste el dinero o no, sino del hecho de haber generado el ingreso.

¿Cuándo se declara?

Existen dos momentos clave:

  1. Declaración y pago mensual

Si arriendas o subarriendas bienes muebles o inmuebles, debes declarar mensualmente según el último dígito de tu RUC y el calendario de vencimientos de SUNAT.

Ejemplo: Si tu RUC termina en 4 y alquilaste tu vehículo en enero 2025, deberás declarar y pagar hasta el 20 de febrero.

Si recibes pagos adelantados (como el alquiler de todo el año), puedes declarar todo en el mes que recibes el dinero o hacerlo mes a mes.

  1. Declaración y pago anual

Debes presentar la Declaración Jurada Anual si:

  • Tienes pagos pendientes o en exceso
  • Se incorporaron mejoras no reembolsables
  • Alquilaste por debajo del mínimo legal (6% del valor del predio)
  • Cediste bienes gratuitamente (renta ficta)
  • SUNAT publicará el cronograma anual con las fechas límite para declarar.

¿Cómo se calcula el impuesto?

Puedes elegir entre dos métodos:

  1. Renta Bruta: aplicar el 5% sobre el total de ingresos
  2. Renta Neta: deducir el 20% de gastos y aplicar el 6.25%

Ambos métodos generan el mismo resultado.

 

Leer más: SUNAT: criterios clave para deducir mermas y desmedros 

Leer más: Declaración de rentas 4ta categoría: paso a paso fácil 

 

Formas de declarar y pagar, sin complicaciones

La SUNAT ha simplificado el proceso para que sea lo más fácil posible:

  • Paga en bancos:

Puedes ir a agencias bancarias (Scotiabank, Interbank, BBVA, Banbif, Banco de la Nación y BCP), y en agentes BCP. Solo necesitas tu RUC, el monto del alquiler y la información del inquilino.

  • Paga por internet:

A través de las webs de los bancos o con la plataforma PÁGALO.PE del Banco de la Nación.

  • Paga en SUNAT Virtual:

Con tu Clave SOL puedes ingresar al formulario 1683. Puedes pagar con cargo a tu cuenta bancaria o con tarjeta de crédito/débito. ¡Incluso puedes pagar con Yape!

Declarar fuera de plazo genera una multa de media UIT (S/2,675 en 2025). Así que mejor prevenir que pagar. La formalidad es tu mejor aliada para tener un negocio de alquiler próspero y sin preocupaciones.

 

Escrito por Grupo Verona