En la previa al inicio de clases, los centros educativos privados se alistan para contratar docentes y personal administrativo. Ante esto, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) ha recordado a los empleadores la obligación de registrar a todo su personal en la planilla electrónica desde el primer día de trabajo, sin esperar a que el empleado supere el período de prueba. Esta medida aplica independientemente del tipo de contrato que se utilice, ya sea indeterminado, sujeto a modalidad o a tiempo parcial.
Tipos de contratos en el sector educativo
Sunafil ha detallado los principales tipos de contratos que pueden aplicarse en el ámbito educativo:
- Contrato a plazo indeterminado: Es el tipo de contrato más común y puede ser verbal o escrito.
- Contrato a plazo fijo: Este contrato puede ser utilizado en situaciones excepcionales, como el inicio de nuevas actividades o para suplir a trabajadores ausentes.
- Contrato por inicio o incremento de actividad: Puede durar hasta tres años.
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- Contrato de suplencia: Permite sustituir a un trabajador estable, con una duración variable.
- Contrato a tiempo parcial: Utilizado cuando se requiere una jornada laboral inferior a cuatro horas diarias. Este tipo de contrato debe ser registrado ante la Autoridad Administrativa de Trabajo dentro de los 15 días naturales desde su firma.
Cifras y estadísticas relevantes
En 2024, más de 15,000 trabajadores del sector educativo fueron ingresados a la planilla, según datos de Sunafil. Además, el INEI reporta que existen más de 25,000 instituciones educativas privadas en todo el país.
Si aún tienes dudas sobre el tipo de contrato adecuado para tu institución, puedes llamar al 01-390 28 00 o ingresar tu consulta a través de ‘Sunafil Responde’, donde recibirás asistencia legal especializada.
Escrito por Grupo Verona