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El Gobierno promulgó la Ley N°31305, Ley de reforma constitucional que fortalece la lucha anticorrupción en el marco del levantamiento del secreto bancario y la reserva tributaria.

Con esta norma se modifica el inciso 5 del artículo 2 de la Constitución Política, quedando redactado de la siguiente forma:

“Artículo 2.- Toda persona tiene derecho:

[…]

  1. A solicitar sin expresión de causa la información que requiera y a recibirla de cualquier entidad pública, en el plazo legal, con el costo que suponga el pedido. Se exceptúan las informaciones que afectan la intimidad personal y las que expresamente se excluyan por ley o por razones de seguridad nacional.

Toda persona tiene derecho al secreto bancario y la reserva tributaria. Su levantamiento solo puede efectuarse a pedido:

  1. Del juez.
  2. Del Fiscal de la Nación.
  3. De una comisión investigadora del Congreso con arreglo a ley y siempre que se refieran al caso investigado.
  4. Del Contralor General de la República respecto de funcionarios y servidores públicos que administren o manejen fondos del Estado o de organismos sostenidos por éste, en los tres niveles de gobierno, en el marco de una acción de control.
  5. Del Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones para los fines específicos de la inteligencia financiera.

El levantamiento de estos derechos fundamentales se efectúa de acuerdo a ley, que incluye decisión motivada y bajo responsabilidad de su titular”.

Puedes descargar la norma en este ENLACE

Escrito por: Grupo Verona

 

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