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Nuevo Feriado nacional el 6 de agosto

A través de la Ley N°31530, se declara el 06 de agosto como feriado nacional en conmemoración de la Batalla de Junín, pasando a ser parte de los descansos remunerados para los trabajadores del sector privado.

Objeto de la Ley

La presente ley tiene por objeto declarar el día 6 de agosto como feriado nacional en todas las entidades e instituciones públicas en conmemoración de la Batalla de Junín.

Modificación del artículo 6 del Decreto Legislativo 713, mediante el cual se consolida la legislación sobre descansos remunerados de los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada

Se modifica el artículo 6 del Decreto Legislativo 713 en los siguientes términos:

“Artículo 6.- Son días feriados los siguientes:

  • Año Nuevo (01 de enero)
  • Jueves Santo y Viernes Santo (movibles)
  • Día del Trabajo (01 de mayo)
  • San Pedro y San Pablo (29 de junio)
  • Fiestas Patrias (28 y 29 de julio)
  • Batalla de Junín (06 de agosto)
  • Santa Rosa de Lima (30 de agosto)
  • Combate de Angamos (08 de octubre)
  • Todos los Santos (01 de noviembre)
  • Concepción (08 de diciembre)
  • Batalla de Ayacucho (09 de diciembre)
  • Navidad del Señor (25 de diciembre)”.

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