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Multa por no declarar rentas de primera categoría en 2025

Si percibes ingresos por rentas de primera categoría, ya sea por arrendamiento de bienes muebles o inmuebles, es fundamental presentar la declaración-pago correspondiente dentro del plazo establecido por SUNAT. No hacerlo constituye una infracción tributaria que puede acarrear una multa económica significativa.

 

Esta infracción está regulada en el numeral 1 del artículo 176 del Código Tributario y establece una multa equivalente al 50% de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT). Para el año 2025, la UIT está valorizada en S/ 5,350, por lo que la multa mínima sería de S/ 2,675.

 

¿Cómo reducir la multa por presentación extemporánea?

 

La SUNAT ofrece un régimen de gradualidad que permite disminuir la sanción si se subsana la falta voluntariamente antes de recibir una notificación oficial. Las rebajas aplicables son:

 

 

 

 

 

 

90% siempre que:

Subsane con la presentación del Formulario 1683 y efectúe el pago de la multa conjuntamente. A la multa establecida (50% de la UIT) se le aplicará la rebaja señalada y sobre la diferencia (10% restante) se le incluirá los intereses moratorios que se hayan generado hasta la fecha de pago (0,03% de interés diario)

 

Se deberá cancelar el integro de la multa rebajada más los intereses moratorios que se hayan generado hasta la fecha de su pago.

 

80% siempre que:

Subsane con la presentación del Formulario 1683 y efectúe el pago de la multa con posterioridad. Para el cálculo de la multa se deberá aplicarla regla señalada en el cuadro anterior.

 

Base legal: Art 176 inc 1 CT, RS 063-2007/SUNAT

 

Leer más: Declaración del beneficiario final: SUNAT amplía plazo según nivel de ingresos netos  

Leer más: Gastos de personal en una fiscalización de SUNAT: Documentos claves para acreditar su fehaciencia  

 

Ejemplo práctico:

 

Imagina que eres propietario y alquilas una vivienda por S/ 3,000 mensuales. El impuesto a la renta mensual es el 5%, es decir, S/ 150 más intereses. Si no presentas la declaración a tiempo, la multa base será S/ 2,675. Con la rebaja del 90%, pagarás solo S/ 268 más los intereses moratorios.

 

 

Cálculo del impuesto = S/ 3,000  x 5% = S/ 150 + intereses (0.03% diario)

 

Cálculo de la multa = S/ 5,350 (UIT 2025) x 50% =  S/ 2,675 (multa aplicable)

 

Gradualidad = S/ 2,675 – 2,407= S/ 268   (Subsanación voluntaria 90% de rebaja)

 

Multa a pagar            = S/  268 + interés moratorio (0.03% diario)

 

 

Importante: Para el pago, debes usar el código de multa 6041 y el código de tributo asociado 3011.

 

Cumplir con tus obligaciones tributarias a tiempo evita multas y facilita una relación transparente con SUNAT. Mantente informado y presenta tu declaración-pago oportunamente para proteger tus finanzas.

 

Escrito por Grupo Verona