¿Los gastos de tu empresa podrían generar sanciones?

El pago de impuestos por parte de las empresas es vital debido a que permite el cumplimiento, por parte del Estado, de objetivos como obras, construcción de escuelas, hospitales, carreteras y, en general, otorgarle calidad de vida a la ciudadanía. Para poder establecer cuánto se va a pagar se deben deducir los gastos que son necesarios para que la empresa funcione y realice sus actividades.

Sin embargo, estos gastos pueden ser objetados por la Administración Tributaria con la sospecha de no estar relacionados con el giro del negocio. Además, es común que la recaudación tributaria se vea afectada por la forma errónea en que las compañías llevan sus registros contables.

Por lo tanto, es vital que conozcan estos costos para evitar errores que resulten en sanciones o auditorías que afecten la estabilidad financiera del negocio.

 

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¿Cómo justificar los gastos de tu empresa?

En lo que respecta a los gastos deducibles, el sistema tributario del Perú analiza diversos aspectos como los gastos personales realizados a nombre de la empresa, la falta de comprobantes de pago, las donaciones, entre otros. Por esto, es importante que los gastos sean considerados deducibles y estén respaldados por documentos adicionales que acrediten que verdaderamente se realizó el gasto. Si esto no ocurre, existe el riesgo de que la SUNAT cuestione los mismos o los desconozca.

Con esta premisa, es fundamental que el gasto sea razonable para poder determinar si es un gasto apropiado para una pyme, una startup o una empresa. Por ejemplo, si una empresa gasta S/ 2 millones para invertir en publicidad en redes sociales, pero esto no le trae buenos resultados el gasto sigue siendo válido porque se realizó para buscar un beneficio económico de la compañía. No obstante, si dicha empresa genera al año S/ 100,000 e invierte dicha cantidad al mes, puede ser cuestionada.

Por tanto, la proporcionalidad evalúa el volumen o el tamaño del gasto en función de las ventas.

La causalidad es otro aspecto que evalúa la Administración Tributaria al momento de revisar los gastos deducibles. Así, la causalidad es un principio a través del cual la empresa, puede deducir, en la determinación de la renta neta de tercera categoría, los gastos que permitan el desarrollo de su actividad.

Para acreditar el cumplimiento del principio de causalidad, relacionado con el destino de los fondos se requiere de registros en la contabilidad del abono del préstamo en el libro de caja y banco, flujo de caja, documentación que sustente el destino del préstamo, y criterio del modus operandi de la empresa.

En resumen, el contribuyente dedujo como gasto los intereses de un financiamiento utilizado para pagar cargas propias de la empresa. Para sustentar la deducción, presentó los documentos que acreditaban el ingreso del dinero a sus cuentas. Sin embargo, el Tribunal Fiscal indicó que no se cumplió con acreditar el destino del dinero con un Flujo de Caja ni con documentación sustentatoria.

Finalmente, otro aspecto a considerar es la generalidad, y esta es una limitación para la deducción de un gasto, desde el punto de vista de los gastos que guardan plena causalidad no son deducibles si no se demuestra su carácter general.

Con información de Gestión