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ITAN: Errores comunes y cómo cumplir correctamente en Perú

El Impuesto Temporal a los Activos Netos (ITAN) es un tributo que deben pagar las empresas generadoras de rentas de tercera categoría, sujetas al Régimen General del Impuesto a la Renta. Este impuesto es calculado sobre el valor de los activos netos consignados en el balance general de la empresa al 31 de diciembre del año anterior. El pago es obligatorio desde el 1 de enero de cada ejercicio fiscal.

¿Quiénes deben pagar el ITAN?

El ITAN debe ser pagado por las empresas cuyo activo neto exceda el monto de S/ 1,000,000 al 31 de diciembre del año anterior. Este impuesto se aplica principalmente a las sociedades y empresas que operan bajo el régimen general y generan rentas de tercera categoría.

Determinación de la base imponible

La base imponible del ITAN se determina tomando el valor de los activos netos de la empresa, ajustado de acuerdo con la normativa tributaria vigente. Aunque la ley no define explícitamente qué son los «activos netos», se sigue un criterio contable en el que se consideran los recursos que generan beneficios económicos futuros para la empresa.

Deducciones permitidas

Para determinar la base imponible del ITAN, se pueden aplicar diversas deducciones, tales como:

  • Maquinarias y equipos con una antigüedad no mayor a tres años.
  • Saldos por cobrar de ventas al exterior.
  • Diferencias de cambio relacionadas con activos fijos.
  • Costos de financiamiento atribuibles a activos calificados.

 

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Adiciones a la base imponible

Existen adiciones que aumentan la base imponible del ITAN, entre ellas:

  • Provisiones de cobranza dudosa no aceptadas.
  • Mermas y desmedros no debidamente acreditados.
  • Obsolescencia de bienes no sustentada con informes técnicos.
  • Exceso de depreciación por tasas mayores a las permitidas.

Tasa y plazos de pago

Desde el 1 de enero de 2009, la tasa del ITAN es del 0.4% sobre el exceso de S/ 1,000,000 de activos netos. La declaración y el pago deben realizarse dentro de los primeros 12 días hábiles de abril. Los contribuyentes pueden fraccionar el pago en hasta nueve cuotas mensuales.

Aplicación del ITAN como crédito

El ITAN pagado puede ser utilizado como crédito contra el Impuesto a la Renta. Existen dos formas de aplicarlo:

  1. Contra los pagos a cuenta del Impuesto a la Renta, desde marzo hasta diciembre del mismo ejercicio.
  2. Contra el pago de regularización del Impuesto a la Renta, siempre que el ITAN se haya pagado dentro del plazo.

Si al final del ejercicio queda un saldo de ITAN no utilizado, la empresa puede solicitar la devolución del monto mediante el Formulario Virtual N° 1649 ante la SUNAT.

 

Escrito por Grupo Verona