En Perú, la Renta de Segunda Categoría es uno de los tipos de ingresos que se deben declarar en la Regularización Anual del Impuesto a la Renta. A continuación, te explicamos los principales detalles de las rentas que pertenecen a esta categoría y cómo deben ser reportadas.
- Enajenación de acciones y valores mobiliarios
La enajenación de acciones y demás valores mobiliarios genera ganancias de capital que deben ser declaradas como renta de segunda categoría. Según el artículo 2° de la Ley del Impuesto a la Renta, esto incluye la venta, redención, rescate o cualquier otra forma de transmisión de valores mobiliarios, tales como acciones, bonos, participaciones y certificados.
Este tipo de renta es considerado de fuente peruana cuando la enajenación es realizada por una persona natural, una sucesión indivisa o una sociedad conyugal que ha optado por tributar bajo este régimen.
Es importante destacar que la enajenación se entiende no solo como la venta, sino también como la permuta, cesión definitiva, expropiación, o cualquier acto de disposición que implique la transferencia del dominio del bien a título oneroso (Artículo 5° de la Ley del Impuesto a la Renta). Además, se debe declarar a través del Formulario Virtual N° 1665, que también se utiliza para las ganancias de capital por la transferencia de inmuebles.
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- Rentas de fuente extranjera por la enajenación de valores mobiliarios
Además de las rentas de fuente peruana, existen rentas de fuente extranjera por la enajenación de acciones y otros valores mobiliarios. Estas pueden sumarse a la renta neta de segunda categoría, siempre que se cumplan ciertas condiciones, como que los valores mobiliarios estén registrados en el Registro Público de Mercado de Valores del Perú o que se hayan enajenado a través de un mecanismo de negociación en el extranjero bajo un Convenio de Integración con países como Chile, Colombia y México.
Si no se cumplen estas condiciones, las ganancias de la enajenación de valores mobiliarios extranjeros se sumarán a las rentas del trabajo, no a las rentas de segunda categoría.
Declaración y pagos
Las rentas de segunda categoría, como los intereses, regalías y la cesión de intangibles, están sujetas a un pago definitivo y cancelatorio. Esto se realiza mediante la retención a través del PDT N° 617 o mediante el pago directo con el Formulario Virtual N° 1665.
Recomendaciones para declarar la Renta de Segunda Categoría
Es fundamental que los contribuyentes mantengan un registro adecuado de todas las transacciones que generan renta de segunda categoría. Asegúrate de seguir los plazos establecidos por la SUNAT para evitar sanciones y multas. Además, si recibes rentas de fuente extranjera, verifica que cumplas con los requisitos de la ley para poder sumarlas correctamente a tu declaración.
Escrito por Grupo Verona