El Poder Ejecutivo publicó hoy el Decreto Supremo Nº058-2021-PCM, a través del cual se prorroga el estado de emergencia nacional por el plazo de 30 días calendario, contados a partir del jueves 1 de abril, debido a las graves circunstancias que afectan la vida de las personas a consecuencia del covid-19.
También se incluyen en la norma las medidas que regirán en el país desde el 29 de marzo hasta el 11 de abril.
Niveles de alerta
En la regulación se actualizan, además, los niveles de alerta («alto», «muy alto» y extremo») frente al coronavirus por provincia o departamento, tal como sigue a continuación:
- Quince provincias del país que se encuentran en el nivel de alerta extremo
- Dos departamentos en nivel alto
- Las demás se encuentran en el nivel de alerta muy alto. En esta clasificación se ubican Lima Metropolitana y el Callao, lo que significa que esta última ya no tendrá cuarentena total los domingos.
Toque de queda
Se dispone que a partir del 29 de marzo hasta el 11 de abril de 2021 continúe la inmovilización social obligatoria de todas las personas en sus domicilios, según el nivel de alerta de contagio del coronavirus. Esta medida implica la cuarentena los días domingos solo para el nivel extremo y el toque de queda para las demás.
Nivel de alerta moderado: de lunes a domingo desde las 23.00 horas hasta las 4.00 horas del día siguiente. |
Nivel de alerta alto: de lunes a domingo desde las 22.00 horas hasta las 04.00 horas del día siguiente. |
Nivel de alerta muy alto: de lunes a domingo desde las 21.00 horas hasta las 04.00 horas del día siguiente. |
Nivel de alerta extremo: de lunes a sábado desde las 21.00 horas hasta las 04.00 horas del día siguiente, y los domingos todo el día. |
Durante el periodo del aislamiento se permite la circulación de personal de salud, así como de instituciones cuyos servicios se consideran esenciales incluyendo: servicios financieros, mercados y tiendas de primera necesidad, farmacias, saneamiento, energía, limpieza pública, servicios funerarios, entre otros, que cumplen trabajo esencial.
Se mantiene el uso obligatorio de la mascarilla para circular por las vías de uso público.
Domingos sin vehículos particulares
También se observa que, desde el 29 de marzo hasta el 11 de abril de 2021, (esta última fecha se celebran las Elecciones Generales 2021), se dispone la prohibición del uso de vehículos particulares también dependiendo del nivel de alerta de contagio. Destaca que podrán circular los que cuenten con el respectivo pase vehicular.
Nivel de alerta alto: Domingo |
Nivel de alerta muy alto: Domingo |
Nivel de alerta extremo: Domingo |
Restricciones por el feriado de Semana Santa
Desde el 01 hasta el 04 de abril, a nivel nacional, se dispone la cuarentena durante todo el día para evitar aglomeraciones, lo que podría provocar más riesgo de contagio de la COVID-19.
Durante los cuatro días, de acuerdo con el decreto supremo, solo estarán permitidas las siguientes actividades:
- Tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, mercados itinerantes, bodegas y farmacias, con aforo según el nivel de alerta y atención desde las 4:00 hasta las 18:00 horas.
- Servicio de farmacias y boticas para entrega a domicilio (delivery) durante las 24 horas.
- Servicio de restaurante para entrega a domicilio (delivery), desde las 4:00 hasta las 23:00 horas.
- Actividades vinculadas a la distribución de materiales educativos, efectuadas por directivos, docentes, auxiliares, personal administrativo y contratistas.
Queda prohibido el uso de vehículos particulares en todo el día. Se propone que la población se pueda trasladar a pie o en bicicleta para la adquisición de productos de primera necesidad, medicinas y recojo de alimentos en restaurantes.
Desde el 01 hasta el 03 de abril, también se suspende el servicio de transporte interprovincial de personas por vía terrestre y aérea. No se paralizará el proceso de vacunación contra el nuevo coronavirus. Teniendo en cuenta que el domingo 4 sí estará habilitado el transporte interprovincial para el retorno de los que hayan viajado antes fuera de su lugar de residencia.
Consulta la norma completa en este ENLACE.
Escrito por: Grupo Verona
Con información de La República