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Gasto o ingresos por el impuesto a las ganancias relativo a las ganancias o pérdidas de las actividades ordinarias:

El ingreso o gasto por impuestos, relacionado con el resultado de las actividades ordinarias, deberá presentarse en el estado de resultado integral. Si la empresa presenta los componentes del resultado en un estado de resultados separado tal como lo describe la norma que regula la presentación de los estados financieros; presentará el gasto o ingreso por impuestos relacionado con el resultado de actividades ordinarias en ese estado separado.

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Diferencias de cambio en los activos o pasivos por impuestos diferidos en moneda extranjera:

Las normas internacionales de contabilidad, establecen el reconocimiento como ingreso o gastos de ciertas diferencias en cambio, pero no especifican si dichas diferencias deben ser presentadas en el estado de resultado integral. En consecuencia, cuando las diferencias en cambio de los activos y pasivos por impuestos diferidos extranjeros se reconozcan en el estado de resultado integral, estas diferencias se pueden clasificar como gasto o ingreso por impuestos diferidos, si se considera que esa presentación es más útil para los usuarios de los estados financieros.

Escrito por: Lic. Fernando Parra

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