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Fin del SIRE: Mira quiénes están obligados a usarlo en 2026

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) recordó las fechas vigentes de incorporación obligatoria al Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE) para los Principales Contribuyentes (PRICOS), herramienta que forma parte del proceso de transformación digital del sistema tributario peruano.

El SIRE permite generar de manera electrónica el Registro de Compras Electrónico (RCE) y el Registro de Ventas e Ingresos Electrónico (RVIE) utilizando la información de los comprobantes de pago electrónicos emitidos y recibidos por los contribuyentes. Posteriormente, el sistema propone automáticamente información que sirve de base para completar las casillas de ventas y compras de la declaración mensual del IGV, reduciendo tiempos, errores y cargas administrativas.

¿Qué es el SIRE y por qué es importante?

El Sistema Integrado de Registros Electrónicos reemplaza progresivamente la elaboración tradicional de los registros electrónicos y busca simplificar el cumplimiento de las obligaciones tributarias mediante procesos automatizados.

Entre sus principales beneficios destacan:

  • Generación del Registro de Compras Electrónico (RCE).
  • Elaboración del Registro de Ventas e Ingresos Electrónico (RVIE).
  • Propuesta automática de información para la declaración mensual del IGV.
  • Mayor consistencia entre los comprobantes electrónicos, los registros y las declaraciones tributarias.
  • Disminución de errores materiales y de contingencias durante procesos de fiscalización.
  • Cronograma vigente de incorporación al SIRE

 

 

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La implementación del SIRE se desarrolló de manera progresiva desde el año 2023. El cronograma oficial comprende:

  • Julio de 2023: contribuyentes comprendidos en el Anexo N.° 7 de la Resolución de Superintendencia N.° 112-2021/SUNAT.
  • Octubre de 2023: contribuyentes del Régimen Especial de Renta (RER) y del Régimen MYPE Tributario obligados a llevar libros electrónicos mediante el PLE o Portal SUNAT.
  • Agosto de 2024: contribuyentes obligados a llevar el Registro de Ventas e Ingresos y el Registro de Compras al 31 de julio de 2024 pertenecientes al RER y al Régimen MYPE Tributario.
  • Enero de 2025: contribuyentes obligados a llevar ambos registros al 31 de diciembre de 2024 que no tengan la condición de Principales Contribuyentes.
  • Enero de 2026: Principales Contribuyentes (PRICOS) designados al 31 de diciembre de 2024 cuyos ingresos netos del ejercicio 2024 sean de hasta 2,300 UIT.
  • Octubre de 2026: Principales Contribuyentes designados al 31 de diciembre de 2024 cuyos ingresos netos del ejercicio 2024 superen las 2,300 UIT.

Para determinar este límite debe utilizarse la UIT vigente durante el ejercicio 2024, equivalente a S/ 5,150, por lo que el monto de referencia asciende a S/ 11 845 000.

¿Qué cambió en 2026?

Uno de los cambios más importantes fue la publicación de la Resolución de Superintendencia N.° 000075-2026/SUNAT, mediante la cual se modificaron diversas disposiciones relacionadas con el Sistema de Emisión Electrónica (SEE) y el SIRE.

A partir del período junio de 2026, los contribuyentes que adquieran la obligación de llevar el Registro de Ventas e Ingresos y el Registro de Compras deberán hacerlo directamente mediante el SIRE, consolidando este sistema como la plataforma oficial para el cumplimiento de dichas obligaciones.

Asimismo, durante el proceso de implementación, la SUNAT amplió la facultad discrecional para no sancionar determinadas infracciones vinculadas al SIRE, otorgando un período de adecuación a los contribuyentes mientras culminaba la transición hacia el nuevo sistema.

Recomendaciones para evitar contingencias tributarias

Ante este escenario, resulta recomendable que los contribuyentes verifiquen oportunamente su condición de obligados, revisen la información propuesta por el SIRE antes de generar sus registros electrónicos y mantengan conciliados los comprobantes electrónicos con su contabilidad.

La digitalización de los registros electrónicos representa un cambio importante en la gestión tributaria. Adaptarse correctamente al SIRE permitirá cumplir con las obligaciones fiscales de manera más eficiente y reducir observaciones en eventuales procesos de fiscalización por parte de la SUNAT.

 

Escrito por Grupo Verona