Tras semanas de protestas contra el régimen agrario, el Congreso de la Republica derogó la Ley 27360, Ley que aprueba las Normas de Promoción del Sector Agrario (o Ley Agraria) poniendo fin a los beneficios del régimen laboral y tributario para las empresas especializadas en las actividades de cultivo y/o crianzas, acuícola y agroindustrial.
La norma en mención fue criticada por los trabajadores del sector debido a su capítulo sobre régimen laboral y de seguridad social; por lo cual, ante la decisión del Congreso el presidente Sagasti anunció que no la observaría. Lo que resta es que el Congreso promulgue una ley en reemplazo de la anterior.
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Entre las consecuencias que suponen la derogación (que surtirá efectos el 1 de enero de 2021), su efecto sobre el Impuesto a la Renta (un tributo de periodicidad anual) para el 2020 no afectan la tasa de este impuesto; por lo cual, las empresas del sector agrario podrán pagar 15% en su declaración y mantendrán la tasa de dividendos de 4.1% este año.
Queda esperar a que se publique una nueva ley antes del 31 de este mes para conocer el IR aplicable al régimen agrario. De lo contrario, se regularán por el régimen general con una tasa del 29.5% y una tasa de dividendos por 5%.
Por otra parte, respecto al acogimiento al Régimen Especial de Recuperación Anticipada del IGV, el sector agrario se sujeta a las disposiciones del Decreto Legislativo N° 973; por lo cual, mantienen sus beneficios respecto al pago del IGV. Mientras que el Seguro de Salud pasaría al 9% de la remuneración mensual.
Escrito por: Grupo Verona