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Excepción de efectuar pagos a cuenta por rentas de cuarta categoría en 2022

A través de la Resolución de Superintendencia N°000203-2021/SUNAT, se ha acordado los supuestos de excepción de la obligación de efectuar pagos a cuenta y suspensión de la obligación de efectuar retenciones y/o pagos a cuenta por rentas de cuarta categoría correspondientes al ejercicio gravable 2022.

Importes aplicables para el ejercicio 2022

Para el ejercicio gravable 2022, los importes a que se refieren los supuestos previstos en los literales a) y b) del numeral 2.1 del artículo 2 y los literales a) y b) de los numerales 3.1 y 3.2 del artículo 3 de las normas relativas a la suspensión de retenciones y/o pagos a cuenta del impuesto a la renta, aprobadas por la Resolución de Superintendencia N°013-2007/SUNAT, son los siguientes:

  1. Tratándose del supuesto contemplado en el literal a) del numeral 2.1 del artículo 2: S/ 3 354,00 (tres mil trescientos cincuenta y cuatro y 00/100 soles) mensuales.
  2. Tratándose del supuesto contemplado en el literal b) del numeral 2.1 del artículo 2: S/ 2 683,00 (dos mil seiscientos ochenta y tres y 00/100 soles) mensuales.
  3. Tratándose de los supuestos contemplados en el literal a) de los numerales 3.1 y 3.2 del artículo 3: S/ 40 250,00 (cuarenta mil doscientos cincuenta y 00/100 soles) anuales.
  4. Tratándose de los supuestos contemplados en el literal b) de los numerales 3.1 y 3.2 del artículo 3: S/ 32 200,00 (treinta y dos mil doscientos y 00/100 soles) anuales.

Solicitudes de suspensión de retenciones y/o pagos a cuenta del impuesto a la renta

Los importes a que se refiere el artículo 1 de la presente resolución son de aplicación para las solicitudes de suspensión de retenciones y/o de pagos a cuenta del impuesto a la renta presentadas desde el 1 de enero de 2022.

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