El día de hoy han publicado la Ley 31154, ley que modifica la Ley de etiquetado de productos alimenticios. La misma se ha denominado ley que modifica el artículo 3 del decreto legislativo 1304, decreto legislativo que aprueba la ley de etiquetado y verificación de los reglamentos técnicos de los productos industriales manufacturados, para consignar país de origen en la información del etiquetado de los productos alimenticios envasados o con procesado primario.
Modificación del artículo 3 del Decreto Legislativo 1304, Decreto Legislativo que aprueba la ley de etiquetado y verificación de los reglamentos técnicos de los productos industriales manufacturados
Incorpórese el literal j) y modifíquese el último párrafo del artículo 3 del Decreto Legislativo 1304, Decreto Legislativo que aprueba la ley de etiquetado y verificación de los reglamentos técnicos de los productos industriales manufacturados, que queda redactado con el siguiente texto:
“Artículo 3. Información del etiquetado
El etiquetado debe contener la siguiente información:
[…]
- País de origen, en el caso del producto agrícola alimenticio envasado o con procesado primario.
La información detallada debe consignarse preferentemente en idioma castellano, en forma clara y en lugar visible. La información de los incisos c.2 y c.3 y los literales d), e), f), g), h), i) y j) deberá estar obligatoriamente en castellano.
[…]”.
Sanción
En el caso de que se determine que el producto es falsificado o adulterado es de aplicación lo dispuesto en los artículos 223 y 224 del Código Penal.
Consulta la norma AQUÍ.
Escrito por: Grupo Verona