El Balance de Comprobación vuelve a tomar protagonismo en la Declaración Anual del Impuesto a la Renta 2025. SUNAT ha confirmado que, para este ejercicio, solo los contribuyentes con ingresos superiores a 1,700 UIT —equivalentes a S/ 9,095,000 al 31 de diciembre de 2025— deberán incluir este documento como información adicional dentro del Formulario Virtual N.° 710: Renta Anual – Completo – Tercera Categoría e ITF.
Este requisito no es menor, forma parte de los mecanismos de control contable que permiten a la Administración Tributaria verificar la consistencia entre los estados financieros y la declaración anual.
¿Cómo se determina si superas las 1,700 UIT?
La SUNAT establece que el cálculo debe realizarse sumando los montos declarados en las siguientes casillas del FV 710:
- Casilla 463: Ventas netas
- Casilla 473: Ingresos financieros gravados
- Casilla 475: Otros ingresos gravados
- Casilla 477: Enajenación de valores y bienes del activo fijo (solo ingresos gravados)
Si la suma supera S/ 9,095,000, la empresa está obligada a presentar el Balance de Comprobación como parte de su declaración anual.
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¿Quiénes están exceptuados?
No todas las entidades deben cumplir con esta obligación. SUNAT excluye a sectores altamente regulados o con regímenes contables especiales:
- Empresas supervisadas por la SBS y AFP
- Cooperativas
- Entidades prestadoras de salud
- Concesionarios de transporte de hidrocarburos y distribución de gas por ductos
- Empresas administradoras de fondos colectivos: Sólo respecto de operaciones registradas bajo el plan de cuentas del Sistema de Fondos Colectivos.
¿Por qué importa este requisito?
El Balance de Comprobación permite a SUNAT verificar:
- Coherencia entre ingresos declarados y registros contables
- Correcta clasificación de cuentas
- Existencia de diferencias que puedan generar fiscalizaciones
Para las empresas, cumplir con esta obligación evita reparos, multas y requerimientos posteriores.
Escrito por Grupo Verona