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Cumplimiento laboral y la jornada de los practicantes pre-profesionales

La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL) hizo énfasis en los derechos sociolaborales de los jóvenes que buscan realizar prácticas pre-profesionales, bajo el contexto del Día Internacional de la Juventud, recordando a las empresas que los practicantes bajo este régimen deben cumplir, como máximo, una jornada formativa de seis horas diarias o 30 horas semanales.

En tanto, los practicantes profesionales (quienes ya culminaron sus estudios superiores) deben cumplir una jornada formativa de ocho horas diarias o 48 horas semanales, como máximo.

Asimismo, la entidad fiscalizadora recordó que los practicantes (tanto pre-profesionales como profesionales) no deben realizar horas extraordinarias; de lo contrario, el incumplimiento significaría incurrir en una infracción leve, grave o muy grave, dependiendo del tipo de empresa y de la cantidad de practicantes afectados.

 

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De incumplir con estos límites horarios, lo cual constituye una infracción en materia de promoción y formación para el trabajo, la SUNAFIL podría imponer multas que oscilan entre S/ 1,184.50 y S/ 270,529.50 si la infracción fuese calificada como muy grave.

No obstante, si durante una inspección se determina que se trata de un trabajador y no de un practicante, este deberá ser ingresado a planilla y obtener todos sus derechos sociolaborales”, indicó la entidad.

También, aclaró que tanto los practicantes pre-profesionales como los profesionales tienen derecho a una subvención mensual, la cual no deberá ser inferior a la Remuneración Mínima Vital (S/ 1,025). Además, los practicantes tienen derecho a un descanso semanal, a feriados no laborables y a un descanso de 15 días subvencionado después de un año de prácticas.

Por otra parte, por cada seis meses de prácticas, deben recibir una subvención adicional, que equivale a la mitad de lo que perciben en un mes. Asimismo, el empleador deberá contratar un seguro contra riesgos por enfermedad y accidentes, a través de EsSalud o de un seguro privado, para los practicantes.

Finalmente, SUNAFIL señaló que la diferencia principal entre ambas modalidades es que las prácticas pre-profesionales devienen de convenios entre el centro de formación profesional (universidad o instituto), el practicante y la empresa. En cambio, para las prácticas profesionales, solo interviene la empresa y el joven que ya egresó.

Escrito por Grupo Verona