A finales del mes de diciembre del 2021 fue publicado el Decreto Supremo 398-2021-EF, a través del cual se incrementa el valor de la UIT para 2022, pasando de S/4,400 a S/4,600.
Esta variación de la UIT como indicador de referencia impactará automáticamente en otros valores de especial relevancia en el ámbito laboral, a partir del 1 de enero de 2021.
A continuación, ofrecemos un detalle comparativo de las principales variaciones y los nuevos indicadores de referencia:
INCIDENCIA |
2021 |
2022 |
Multas impuestas por SUNAFIL |
Para el caso de las empresas no MYPE con más de 1,000 trabajadores, de acuerdo al tipo de infracción, las multas máximas eran:
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Luego del aumento de la UIT las multas máximas para las empresas no MYPE que cuentan con más de 1,000 trabajadores, según el tipo de infracción, ascenderán a:
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Remuneración Integral Anual (RIA) |
Se podía pactar el pago de una RIA con el empleado, siempre que el trabajador recibiera una remuneración mensual igual o mayor a S/ 8,800 | Se podrá pactar el pago de una RIA con el empleador cuando el trabajador reciba una remuneración mensual igual o mayor a S/ 9,200 |
Deducción de 7 UIT en el cálculo del Impuesto a la Renta |
Los trabajadores que percibían ingresos anuales superiores a S/ 30,800 estaban obligados a tributar por la renta generada. | Los trabajadores que perciban ingresos anuales superiores a S/ 32,200 estarán obligados a tributar por la renta generada. |
Límites para calificar como microempresa o pequeña empresa |
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