Con el objetivo de brindar mayores facilidades de pago a los beneficiarios del programa Reactiva Perú, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) modificó el reglamento operativo del programa permitiendo así la reprogramación de créditos.
El plazo máximo de acogimiento a la reprogramación de los créditos es el 15 de julio de 2021, y para acceder se deberá de cumplir los siguientes requisitos:
- Contar con préstamos de hasta S/ 90,000 en total.
- Para el caso de préstamos de entre S/ 90,001 hasta S/ 750,000 en total, demostrar con el registro de ventas de octubre, noviembre y diciembre 2020, una caída de ventas mayor o igual 10%, con relación al año anterior.
- Para el caso de préstamos de entre S/ 750,001 hasta S/ 5’000, 000, demostrar con el registro de ventas de octubre, noviembre y diciembre 2020, una caída de ventas mayor o igual 20%, con relación al año anterior.
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Las Empresas del Sistema Financiero (ESF) que otorgaron los respectivos préstamos serán las encargadas de evaluar y aprobar la reprogramación de las mismas.
Además la norma menciona que, “los mecanismos y/o medios de verificación de las caídas en los niveles de ventas precedentes son realizados por la ESF a través de los registros de la SUNAT”.
Por último son las ESF las encargadas de establecer un nuevo periodo de gracia para los beneficiarios de las reprogramaciones de hasta 12 meses, tiempo adicional al periodo de gracia original establecido en el Decreto Legislativo Nº 1455. Durante este nuevo periodo de gracia, dichos beneficiarios solo pagan los intereses y las comisiones correspondientes.