CTS: ¿Quiénes pueden retirar el 100%?

En conferencia de prensa, la presidenta del Consejo de Ministros, Violeta Bermúdez, anunció que el Gobierno no observará el proyecto de ley que permite el retiro del 100% de las cuentas de Compensación por Tiempo de Servicio (CTS), aprobado en el Pleno del Congreso.

“Considerando la situación actual en que muchas personas requieren fortalecer sus ingresos económicos, hemos tomado la decisión de no observar la autógrafa del Congreso de la República”, señaló la ministra.

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Dicha medida permitirá por única vez y hasta el 31 de diciembre de este año el retiro del 100% de los depósitos de los depósitos que por CTS tienen los trabajadores en cuentas de las entidades financieras. Una vez promulgada la ley, en 10 días calendarios, contados a partir de la promulgación, el Ejecutivo debe aprobar su reglamento.

La compensación por tiempo de servicio (CTS), se trata de un beneficio social otorgado a los trabajadores sujetos al régimen laboral común de la actividad privada, este derecho se crea con la finalidad de prevenir las contingencias que puedan originarse luego del cese laboral. Este beneficio social se deposita dos veces al año, en los meses de mayo y noviembre, y equivale a media remuneración mensual.

La cantidad depositada corresponde a medio sueldo, por tanto, a lo largo de un año, el trabajador tendrá acumulado un sueldo extra. Entre los requisitos para percibirlo se encuentra que el empleado debe trabajar 4 horas o más al día en la empresa y haya alcanzado al menos un mes completo de servicios.

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