CTS 2024: Consideraciones importantes

En los próximos días, los trabajadores recibirán la primera cuota del depósito por Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) correspondiente a este 2024. Además, tendrán la opción de disponer del 100% del monto acumulado en sus cuentas por este concepto. ¿Qué debes tener en cuenta, como empresa, respecto a este beneficio?

¿Qué es la CTS?

Primero, es necesario aclarar que la CTS es una bonificación a favor de todos los trabajadores en planilla de una empresa, siempre que labore por lo menos cuatro horas diarias; equivale a una remuneración anual, la cual se deposita cada año en dos partes: en mayo y en noviembre, cada una equivalente al 50% del sueldo del trabajador (sin descuentos) más la sexta parte de la última gratificación recibida.

 

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MYPES y CTS

Este 15 de mayo vence el plazo para que los empleadores depositen la primera cuota de la CTS; el monto a depositar varía según el tipo de empresa y la duración del trabajo durante el semestre.

Para las pequeñas (ingresos anuales inferiores a 1700 UIT) y microempresas (ingresos anuales inferiores a 150 UIT) se presentan dos situaciones respecto al pago de la CTS:

  1. No inscritas en el REMYPE: todos los trabajadores tienen derecho al 100% de la CTS.
  2. Inscritas en el REMYPE: los trabajadores contratados antes del registro mantienen el derecho a la CTS. Para los trabajadores contratados después del registro en el REMYPE, en pequeñas empresas, la CTS será el 50% de lo que corresponde en el régimen general; en las microempresas no hay derecho a CTS.

Finalmente, vale recordar que el pleno del Congreso aprobó autorizar de manera extraordinaria la libre disposición del 100% de los depósitos de la CTS hasta el 31 de diciembre del 2024, a fin de cubrir sus necesidades por causa de la actual crisis económica.

Escrito por: Grupo Verona