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Consorcios y sus obligaciones tributarias: guía esencial

En Perú, los consorcios son una forma común de asociación entre personas naturales o jurídicas que desean colaborar en un proyecto específico sin perder su autonomía. A pesar de no constituir una persona jurídica, los consorcios tienen implicaciones tributarias importantes que deben ser entendidas por todos los participantes. En este blog, te explicamos las principales obligaciones tributarias de los consorcios, cómo cumplirlas y evitar problemas con la SUNAT.

¿Qué es un Consorcio?

De acuerdo con el artículo 445 de la Ley General de Sociedades (LGS), un consorcio es un acuerdo entre dos o más personas que se asocian para participar activamente en un negocio o proyecto común, sin crear una nueva entidad jurídica. En otras palabras, cada miembro mantiene su autonomía, pero juntos buscan obtener un beneficio económico.

Obligaciones Tributarias de los Consorcios

A pesar de que los consorcios no generan una persona jurídica, algunos tipos de consorcios pueden tener capacidad tributaria, lo que significa que pueden ser sujetos de derechos y obligaciones fiscales. Esto está contemplado en el Código Tributario y la Ley del Impuesto a la Renta.

  • Consorcios con contabilidad independiente: Si el consorcio lleva una contabilidad independiente, será considerado como un contribuyente del Impuesto a la Renta y del IGV (Impuesto General a las Ventas). En este caso, debe inscribirse en el RUC y cumplir con todas las obligaciones fiscales correspondientes, como presentar declaraciones y pagar el Impuesto a la Renta.
  • Consorcios sin contabilidad independiente: En algunos casos, los consorcios no pueden llevar contabilidad independiente, lo que obliga a las partes a contabilizar las operaciones de manera individual. Sin embargo, es necesario solicitar autorización a la SUNAT para este tipo de operaciones, especialmente si el contrato tiene una duración menor a tres años.

 

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Inscripción y Requisitos del Consorcio

Para cumplir con las obligaciones fiscales, los consorcios deben inscribirse en el RUC de acuerdo con la Resolución de Superintendencia N° 210-2004/SUNAT. Además, deben presentar los siguientes documentos:

  1. Contrato de Colaboración Empresarial: Documento que debe ser presentado tanto en original como en copia.
  2. DNI del representante legal: Documento necesario para la identificación de los responsables del consorcio.
  3. Registro del domicilio fiscal: Debe presentarse un documento público o privado que confirme la dirección donde se registrará el consorcio.

Responsabilidad Solidaria de los Miembros del Consorcio

Una de las principales características de los consorcios es que, aunque no son personas jurídicas, los miembros son responsables solidarios por las obligaciones tributarias del consorcio. Según el Código Tributario, todos los miembros registrados serán responsables directos si el consorcio incumple con sus obligaciones fiscales. Por lo tanto, cada miembro debe asegurarse de que el consorcio cumpla con la normativa vigente.

Si bien los consorcios en Perú no generan una persona jurídica, tienen implicaciones tributarias que no deben ser ignoradas. La correcta gestión de las obligaciones tributarias, como la inscripción en el RUC, la correcta contabilidad y el cumplimiento con la SUNAT, es esencial para evitar sanciones y problemas legales. Si tu empresa o negocio está considerando formar un consorcio, es recomendable contar con asesoría tributaria para asegurarse de cumplir con todas las normativas fiscales.

 

Escrito por Grupo Verona