Congreso aprueba reforma constitucional sobre levantamiento de secreto bancario

El pleno del Congreso aprobó (en primera votación) la modificación del inciso 5 del artículo 2 de la Constitución, a efectos que la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones pueda tener acceso al secreto bancario y la reserva tributaria.

Votación

La votación fue de 99 votos a favor, cinco en contra y seis abstenciones. En la siguiente legislatura ordinaria (que empezará el primero de marzo) corresponderá la segunda votación a esta enmienda constitucional.

La ley de reforma constitucional incluye a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones en el listado de autoridades que pueden acceder al levantamiento del secreto bancario y la reserva tributaria.

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De acuerdo con la titular de la Comisión de Constitución, se tomó en cuenta la opinión del MEF y la OCDE, donde se expresa que en el texto (anterior) el acceso al secreto bancario y reserva tributaria solo puede ser revisado ante el pedido de ciertas autoridades y que limitaría que la Sunat tenga acceso a la información, con lo que afectaría el acceso al Perú a la OCDE, por lo que se presentó un nuevo texto sustitutorio.

De esta forma, la SUNAT también estará facultada para acceder al secreto bancario y tributario.

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El nuevo inciso 5 del artículo 2 de la Constitución señala que el levantamiento del secreto bancario y la reserva tributaria puede efectuarse a pedido del juez, del fiscal de la Nación, de una comisión investigadora del Congreso con arreglo a ley y siempre que se refieran al caso investigado, del Contralor General de la República «respecto de funcionarios y servidores públicos que administren o manejen fondos del Estado o de organismos sostenidos por éste, en los tres niveles de gobierno, en el marco de una acción de control» y, ahora, del Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones para los fines específicos de la inteligencia financiera.

«El levantamiento de estos derechos fundamentales se efectúa de acuerdo a ley, que incluye decisión motivada y bajo responsabilidad de su titular», concluye el texto aprobado.

Fuente: Congreso noticias

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