Amplían el plazo para aplicar la reprogramación y congelamiento de deudas

A través del Decreto de Urgencia N°007-2021, se ha dispuesto la ampliación para acogerse al programa creado por la Ley N°31050, ley que establece disposiciones extraordinarias para la reprogramación y congelamiento de deudas a fin de aliviar la economía de las personas naturales y las Mypes como consecuencia del COVID-19.

Como se recordará, este programa vencía el día de ayer 28 de enero, sin embargo, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) ha tomado la decisión de extender el plazo, para que los clientes del sistema financiero puedan reprogramar sus créditos con tasas más bajas.

Cambios

De acuerdo al texto legal promulgado, ha quedado redactado así:

“Dispóngase de manera excepcional, ampliar hasta el 31 de marzo de 2021, el plazo de acogimiento al Programa de Garantías COVID-19 para la reprogramación de créditos de consumo, personales, hipotecarios para vivienda, vehiculares y MYPES (…) Ley que establece disposiciones extraordinarias para la reprogramación y congelamiento de deudas a fin de aliviar la economía de las personas naturales y las MYPES como consecuencia del COVID-19”.

¿Qué incluye la reprogramación y congelamiento de deudas?

La Ley N°31050, publicada el 8 de octubre pasado, permite:

  • Reprogramar deudas contraídas por personas naturales y Mypes.
  • Incluye menores tasas de interés y congelamiento de las obligaciones.
  • Posibilita el pago crediticio.

Alcance

Esta norma beneficia a personas naturales con créditos de consumo, de hasta 10.000 soles, vehiculares hasta 50.000 soles, hipotecarios hasta 250.000 soles y Mypes hasta 20.000 soles.

Las obligaciones crediticias con las empresas del sistema financiero están incluidas, siempre que al 29 de febrero del 2020 los beneficiarios registren una calificación de riesgo normal o con problema potencial.

Cobertura de la garantía otorgada por el Programa de Garantías Covid-19

La garantía que otorga el Programa en caso de créditos MYPES, vehicular, consumo y personales, que cobertura el saldo insoluto de capital del crédito reprogramado al momento del incumplimiento se hará de acuerdo con el siguiente detalle:

CRÉDITOS DE CONSUMO Y PERSONALES

 

Modalidad de pago realizado

Garantía para saldo insoluto hasta S/5,000.00 Garantía para saldo insoluto mayor a S/5,000.00 hasta S/10,000.00
Si el deudor pagó la tercera parte de las cuotas de su cronograma de pagos 60% 40%
Si el deudor pagó las dos terceras partes de las cuotas de su cronograma de pago 80% 80%

CRÉDITOS MYPE Y CRÉDITOS VEHICULARES

Modalidad de pago realizado Garantías
Si el deudor pagó la tercera parte de las cuotas de su cronograma de pagos 40%
Si el deudor pagó las dos terceras partes de las cuotas de su cronograma de pago 80%

CRÉDITOS HIPOTECARIOS

Modalidad de pago realizado Garantías
Si el deudor pagó el primer tercio de las cuotas reprogramadas. 50%
Si el deudor pagó los dos tercios de las cuotas reprogramadas. 80%

 

Este mecanismo con garantía estatal facilita la reprogramación entre 6 y 36 meses de las deudas mencionadas, con una reducción entre el 15% al 25% de las tasas de interés:

 

Tasa de interés original o reprogramada (la que resulte mayor)

 

Porcentaje de reducción de tasa en:
Hasta el 10% 15%
De 11% a 30% 20%
De 31% a más 25%

 

 

Actualmente 19 entidades financieras ya se encuentran habilitadas para ofrecer este mecanismo.

  • Bancos: Ripley, Santander, Azteca, BBVA, Interbank, Banbif
  • Financieras: Compartamos, Efectiva; Credinka, Qapaq, Confianza
  • Cajas: Piura, Sullana, Arequipa, Huancayo, Maynas, Incasur, Tacna, y Raíz.

Hasta el pasado viernes se registró un total de más de 2,300 créditos reprogramados.

Escrito por: Grupo Verona

(Con información de RPP)

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