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El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) ha publicado el Decreto Supremo N°266-2021-EF, a través del cual se modifican los parámetros para el pago del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) para bebidas azucaradas, así como de la cerveza sin alcohol.

De acuerdo a la norma, se aprobó la modificación con lo cual se aplicará una tasa de 25% del ISC para las bebidas (agua, incluida el agua mineral y la gasificada), así como la cerveza sin alcohol, con un contenido de azúcares totales de 5 gramos o más por cada 100 mililitros.

Además, se impuso una tasa de 17% del Impuesto Selectivo al Consumo para las bebidas (agua, incluida el agua mineral y la gasificada), así como la cerveza sin alcohol, con un contenido de azúcares totales de 0.5 a 5 gramos por cada 100 mililitros.

En la Regulación se estipula que quedan exceptuadas las bebidas que cuenten con registro sanitario o autorización excepcional de productos farmacéuticos expedidos de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud.

Se exceptúa, además, las bebidas con registro sanitario expedido por la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria (Digesa), clasificadas en la categoría de los alimentos destinados a regímenes especiales.

Vigencia

El presente Decreto Supremo entra en vigencia a partir del 1 de octubre de 2021.

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