A través del Decreto Supremo N°382-2021-EF, aprueban la actualización de Tablas Aduaneras aplicables a la importación de productos incluidos en el Sistema de Franja de Precios a que se refiere el Decreto Supremo N°115-2001-EF y otras disposiciones.
Actualización de las Tablas Aduaneras aplicables a la importación de Maíz, Azúcar y Lácteos
Se aprueba la actualización de las Tablas Aduaneras aplicables a la importación de Maíz, Azúcar y Lácteos incluidos en el Sistema de Franja de Precios de acuerdo al Anexo que forma parte del presente Decreto Supremo.
Vigencia de las Tablas Aduaneras aplicables a la importación de Maíz, Azúcar y Lácteos
- Las Tablas Aduaneras aprobadas tienen vigencia desde el 1 de enero hasta el 30 de junio de 2022.
- Por única vez y por motivos debidamente justificados, vía Decreto Supremo, el Ministerio de Economía y Finanzas puede extender la vigencia de las Tablas Aduaneras aprobadas en el artículo anterior por una semana.
Vigencia de la Tabla Aduanera aplicable a la importación de Arroz
- La Tabla Aduanera aplicable a la importación de Arroz aprobada por el Decreto Supremo N°152-2018-EF tiene vigencia hasta el 30 de junio de 2022.
- Por única vez y por motivos debidamente justificados, vía Decreto Supremo, el Ministerio de Economía y Finanzas puede extender la vigencia de la Tabla Aduanera aplicable a la importación de Arroz por una semana.
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